I Jornada "Peirce en la Argentina"
10 de septiembre de 2004



CH. S. PEIRCE. UNA RESPUESTA PRAGMATISTA
AL NATURALISMO EN CIENCIAS SOCIALES


Evelyn Vargas
(evelynv@net-alliance.net.ar)





Desde su surgimiento, la posibilidad de una ciencia social estuvo unida al problema de la extensión de los métodos de las ciencias naturales al estudio del mundo social. En el siglo XIX el desarrollo de la teoría de la probabilidad y la estadística favoreció la idea de que todos los eventos siguen leyes naturales, y, por tanto, era concebible elaborar una "mecánica social". Como resultado de este enfoque no sólo florecieron las doctrinas políticas del individualismo y el "laissez faire"- pues los mercados operan como la naturaleza- sino que el problema de la inteligibilidad de los fenómenos sociales instigó el debate acerca del determinismo. Aparentemente, el intento de ubicar los agentes humanos dentro de la naturaleza o bien es exitoso al costo de socavar nuestra creencia acerca de nosotros mismos como agentes libres y autónomos, o bien fracasa en cuanto a lo que la ciencia puede decirnos acerca de los seres humanos.

En el contexto precedente tiene lugar la reflexión metodológica de John Stuart Mill. Con Mill el problema de la posibilidad de una ciencia acerca de seres libres se plantea expresamente en términos de su predictibilidad, inaugurando así una influyente forma del naturalismo en ciencias sociales. También para Charles Sanders Peirce la inteligibilidad del mundo social es compatible con el indeterminismo. Sin embargo, el pragmatista americano considera que las concepciones de causa y ley que Mill defiende son erróneas. El examen de esta crítica peirceana permitirá poner de manifiesto tanto la incidencia de las concepciones acerca de la naturaleza de la ciencia en la toma de posición acerca de este problema así como la necesidad de considerar los aspectos sociales de la ciencia para la comprensión de la empresa científica en general.

I. La tradición naturalista y J. S. Mill

El libro VI de su Sistema de Lógica presenta la concepción de Mill acerca de la posibilidad de una ciencia social. Para Mill este problema consiste en determinar la posibilidad de una ciencia acerca de individuos libres:

"The question whether the law of causality applies in the same strict sense to human actions as to other phenomena, is the celebrated controversy concerning the freedom of the will, which, from at least as far back as the time of Pelagius, has divided both the philosophical and the religious world. The affirmative opinion is commonly called the doctrine of Necessity, as asserting human volitions and actions to be necessary and inevitable. The negative maintains that the will is not determined, like other phenomena, by antecedents, but determines itself; that our volitions are not, properly speaking, the effects of causes, or at least have no causes which they uniformly and implicitly obey.
I have already made it sufficiently apparent that the former of these opinions is that which I consider the true one (...)" (SOL 6, 2, 1)

Una consecuencia que impediría la constitución de una ciencia de las acciones humanas es que, según sus detractores, las acciones libres no pueden ser objeto de predicción. Para Mill, en cambio, la posibilidad de predecir acciones a partir de las creencias y deseos de los agentes no está en conflicto con su carácter libre. Las acciones son causadas por las creencias y deseos del agente, que pertenecen al mundo natural, y, en consecuencia, pueden ser generalizadas, aunque una ciencia no requiere predicciones absolutamente precisas (por ej., en el caso de los fenómenos meteorológicos). Así, escribe:

§1. There are two kinds of sociological inquiry. In the first kind, the question proposed is, what effect will follow from a given cause, a certain general condition of social circumstances being presupposed. As, for example, what would be the effect of imposing or of repealing corn laws, of abolishing monarchy or introducing universal suffrage, in the present condition of society and civilisation in any European country, or under any other given supposition with regard to the circumstances of society in general, without reference to the changes which might take place, or which may already be in progress, in those circumstances. But there is also a second inquiry, namely, what are the laws which determine those general circumstances themselves. In this last the question is, not what will be, the effect of a given cause in a certain state of society, but what are the causes which produce, and the phenomena which characterise, States of Society generally. (SOL 6, 10, 1)

Según este modelo las llamadas ciencias morales comparten con las ciencias de la naturaleza la búsqueda de explicaciones de los fenómenos mediante su subsunción bajo leyes generales.

II. La Crítica de Peirce

Peirce rechaza el determinismo a la vez que sostiene la existencia de leyes1. Sin embargo, reconoce dos errores fatales en la propuesta metodológica de Mill. En primer término considera que su concepción es incorrecta, más aun, su posición negaría que deseos y creencias puedan tener influencia en el mundo físico. En segundo lugar, no pueda explicar la eficacia predictiva de las leyes científicas.

1. La concepción de causa:

En los Nuevos Elementos Peirce acusa a Mill y sus partidarios de transformar a la noción de causa en un concepto inútil. Al sostener que la causa de un evento singular es la totalidad de circunstancias que concurren a la producción del hecho (SOL 3, 5, 2-3), la causa y lo causado es todo el universo2. Un poco más adelante añade que sólo los partidarios de Mill (y los lunáticos) niegan que deseos y otros estados mentales puedan ser causas de eventos físicos; por el contrario, sostiene Peirce, la ley es la causa de los eventos singulares, y puesto que se trata de una fórmula o símbolo, un símbolo puede ser causa de eventos singulares reales3. En razón de esta última afirmación, la primera crítica se vincula con la segunda y más importante objeción.

2. La conformidad a leyes:

Como partidario del empirismo moderno, y del ockhamismo que está en su origen, Mill se habría comprometido con una concepción de ley natural según la cual ésta consiste en la semejanza entre fenómenos, o más precisamente, en lo que alguien piensa que son fenómenos semejantes4. Ahora bien, piensa Peirce, esta concepción es incapaz de explicar por qué los fenómenos futuros se conforman a la ley5. La única respuesta que podrían esgrimir es apelar a la uniformidad de la naturaleza, pero esto equivale a introducir hechos últimos, es decir, inexplicables racionalmente. Para el ockamismo sólo los hechos u objetos individuales son reales. En consecuencia, puesto que una generalización sólo podría existir en tanto pensamiento de sus instancias particulares por parte de un sujeto, cada cumplimiento de un suceso predicho en la ley constituye un hecho último. Este argumento en base a las propias afirmaciones de los filósofos que las sostienen debe complementarse con la concepción positiva de Peirce.

III. La concepción de Peirce

Si bien Peirce no cuestiona la aplicaci6oacute;n al mundo social del ideal de ciencia como búsqueda de leyes y predicciones, la concepción nominalista de ley como generalización de semejanzas conduce en definitiva a la negación del carácter social del conocimiento, e incluso de la realidad de lo social en general.

Por una parte, si las cosas en su individualidad son únicas e irreproducibles, las generalizaciones del nominalista no podrían referirse a nada real. Si los mismos acontecimientos nunca se repiten en el universo, cómo podría fundamentarse que causas semejantes produzcan efectos semejantes. Es necesario modificar la noción de ley de manera que sea compatible con la crítica del individualismo nominalista de la filosofía moderna, con su creencia en entidades fijas y discretas que nuestros términos generales sólo pueden representar a costa de su inteligibilidad. La solución adecuada implica en primer término abandonar la concepción tradicional del conocimiento como reflejo o copia de una realidad en sí. La cognición como proceso semiótico constituye una tesis central de la filosofía peirceana; en la medida en que nuestras ideas no se refieren a cosas sino a otras representaciones mentales no es posible hablar de cosas en si anteriores a toda representación. No se sigue de aquí, sin embargo, un relativismo subjetivista, pues lo real es independiente del aspecto individual accidental del pensamiento, esto es, lo que se piensa en la opinión última verdadera.

Ahora bien, Peirce parece considerar que una ley es una generalización predictiva de observaciones6. Pero hemos visto también que una ley, en cuanto es una fórmula es también un símbolo. Un símbolo se constituye como tal sólo mediante su interpretación, no obstante, esta interpretación tiene el poder de causar un hecho real7. Por otra parte, lo real sólo existe en tanto elemento de la regularidad, esta regularidad es el símbolo, por tanto, la realidad es el límite de una serie de símbolos sin fin8.

De acuerdo con su cosmología evolucionista el universo se desarrolló a partir de su indeterminación original por la mediación del símbolo entre las meras reacciones sin regla y las posibilidades generales9. La noción de posibilidad aquí presupuesta remite a la noción matemática de continuidad entendida como generalidad relacional10. Las leyes naturales resultaron de la tendencia universal de las cosas a formar hábitos11, como diferenciación a partir de aquella potencialidad original, que es general12. Si las leyes son el resultado de la evoluci6oacute;n, el principio que rige la evolución también debe evolucionar; un principio tal sólo puede ser una tendencia generalizante, y su manifestación más evidente se halla en la mente humana, cuya ley fundamental es la ley de asociación o de formación de hábitos13.

Si, en el espíritu del realismo escolástico, se admite que lo general puede ser real, entonces la ley tiene una realidad en el presente que consiste en el hecho que los eventos sucederán de acuerdo con la formulación de la ley14. En otras palabras, las posibilidades de futuras realizaciones son reales en el presente. Pero esto no significa, claro está, reintroducir la idea de generalidad como mera semejanza entre eventos. Peirce distingue esta semejanza que resulta de comparar objetos que comparten alguna propiedad, por ejemplo, una lista arbitraria de objetos verdes, de aquella según la cual las acciones de un hombre tienen un cierto carácter general en común en la medida en que las anima un mismo propósito; en este caso, este carácter general no es el efecto de su conducta sino que por el contrario, ésta es moldeada por aquel. De la misma manera (...) "es la ley la que moldea el evento, y no una semejanza casual entre los eventos, la que constituye la ley"15, más aun, añade más adelante (...) "si las cosas sólo pueden entenderse como generalizadas, son real y verdaderamente generalizadas, pues no puede unirse ninguna idea a una realidad incognoscible”16.

En suma, es precisamente la incapacidad de reconocer esta dependencia, al menos parcial, de la naturaleza respecto de la representación lo que subyace a la concepción equivocada de Mill acerca de la uniformidad de la naturaleza, y, por tanto a su idea de ley.

IV. Conclusiones

Desde un punto de vista histórico, Mill introdujo el debate acerca del nominalismo en la filosofía americana, y con él la idea de que la verdadera naturaleza de las cosas nos es inalcanzable17. Al mismo tiempo, los cambios sociales impulsaron la reflexión acerca de los factores sociales de la conducta. La ciencia debía poder explicar cómo el mundo social podía emerger a partir del mundo natural. La breve descripción precedente puso de manifiesto el impacto de estas problemáticas en la formación de la filosofía peirceana. En conformidad con las bases que esta misma enuncia, la significación final de tales doctrinas sólo puede tener lugar en un contexto de interpretación sin término. Unos, como Apel hallarán en Peirce la respuesta al problema contemporáneo del divorcio entre teoría y práctica, o bien, como Sandra Rosenthal, las bases para un pluralismo pragmático. En cualquier caso, la imagen unitaria de la ciencia como búsqueda de leyes generales ya no podrá prescindir de los factores sociales que conforman su objeto.


Notas

1. Chance is indeterminacy, is freedom. But the action of freedom issues in the strictest law. W4: 552

2. EP 2: 315

3. Ibid., 316-7

4. EP 2: 69

5. Ibid.

6. So then, I do not think a better definition of a law of nature can be given than this: it is a prognostic generalization of observation. EP 2: 68

7. EP 2: 322

8. Ibid., 323

9. Ibid., 324

10. RLT 258

11. Hence I was led to the hypothesis that the laws of the universe have been formed under a universal tendency of things toward generalization and habit-taking. Ibid., 241

12. Ibid. 262

13. Ibid., 241

14. EP 2: 153

15. Ibid., 72

16. Ibid.

17. Kucklick 2001: 97



Fecha del documento: 5 mayo 2005
Ultima actualización: 5 mayo 2005

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