La presentación de la
"Tesina de Licenciatura" y la "Prueba de Grado de Licenciatura"
Para la obtención del título de Licenciado en Ciencias Religiosas
debe presentarse una Tesina y realizar un examen o "Prueba de Grado". Se exponen
aquí los pormenores de estas dos pruebas.
Presentación de la Tesis de Licenciatura
Una vez completada la Tesis de Licenciatura a satisfacción del
Profesor Director del mismo, el licenciando presentará en la Secretaría del Instituto
cinco ejemplares encuadernados, debiendo figurar el visto bueno del Director del trabajo
en la primera página de cada ejemplar. Las características de la presentación material
de estos ejemplares deberán atenerse a lo establecido por el Instituto.
Para poder defender la Tesis en la convocatoria de junio se habrá de
cumplir este trámite antes del 31 de mayo; para defender la Tesis en la convocatoria de
septiembre debe presentarse, como muy tarde, el día 1 de ese mes. Sólo excepcionalmente
se modificarán estas fechas y plazos si existe causa suficiente y se solicita un nuevo
plazo de presentación mediante instancia dirigida al Director del Instituto, que será
informada por el Director de Estudios.
La Tesis de Licenciatura deberá presentarse en un plazo máximo de
cuatro años contando a partir de la fecha de la aprobación del tema de la Tesis. Este
plazo será ampliable por dos años, como máximo, por acuerdo de la Comisión Permanente
de la Junta Directiva del Instituto, a propuesta del Director de Estudios.
Lectura de la Tesis de Licenciatura
La lectura de la Tesis tendrá lugar, de ordinario, una vez
transcurridos al menos quince días desde la fecha de presentación, y se efectuará ante
un Tribunal integrado por tres Profesores, entre ellos el Director del trabajo.
La defensa de la Tesis de Licenciatura consistirá en la exposición
por el licenciando de la labor preparatoria realizada, contenido de la Tesis y
conclusiones, haciendo especial mención de las aportaciones originales. Concluida la
exposición del licenciando, a continuación, los miembros del Tribunal expresarán la
opinión que les merece la Tesis presentada y podrán formular las observaciones que
consideren oportunas. Finalmente el licenciando responderá a las intervenciones de los
miembros del Tribunal.
Concluida la defensa pública de la Tesis, sin solución de continuidad
se hará la Prueba Oral, de acuerdo con lo que se dice a continuación.
La Prueba Oral de
Licenciatura
La Prueba Oral de Licenciatura va unida al acto de defensa de la Tesis
de Licenciatura, aunque recibiendo una calificación propia. De ahí que no exista un
temario específico para esta prueba. Al terminar el acto de la defensa pública de la
Tesis, los miembros del Tribunal realizarán algunas preguntas que, partiendo del tema de
la Tesis de Licenciatura, pongan de manifiesta que el alumno ha adquirido la adecuada
madurez intelectual de los contenidos correspondientes a ese Ciclo.
La nota final se establecerá de acuerdo con el siguiente baremo de
valoración:
- Expediente académico de los últimos dos años: 65% de la nota
final.
- Tesis de Licenciatura: 25% de la nota final.
- Prueba Oral: 10% de la nota final.
Los Premios
Extraordinarios de Licenciatura
Cada curso académico se podrán conceder dos Premios Extraordinarios
de Licenciatura. Son candidatos a estos Premios los alumnos que durante el Curso
académico de que se trate hayan concurrido al examen de Grado de Licenciatura, en
cualquiera de sus convocatorias, y hayan obtenido la calificación de sobresaliente como
nota de dicho Grado.