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Declaración Eclesiástica de Competencia Académica (DECA)

La situación anterior: Estábamos acostumbrados a que, al cumplir las condiciones académicas correspondientes, la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la Conferencia Episcopal emitiera la DEI y, con ella, se pasaba a ser Profesor de Religión al tener el nombramiento diocesano o la aprobación, en caso deCentros que buscan directamente el profesorado.

Normativa actual:

1: ESTUDIOS.- Al cumplir las condiciones académicas previstas para ESO-Bachillerato o para Primaria, la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la Conferencia Episcopal emite la Declaración Eclesiástica de Competencia Académica (DECA).

2: IDONEIDAD DIOCESANA.- El profesorado que desee impartir en señanzas de Religión en una diócesis -y ya tenga la DECA- ha de solicitar y recibir del Ordinario diocesano la Declaración Eclesiástica de Idoneidad (DEI). La expedición de la DEI  supone recta doctrina y testimonio de vida cristiana, de modo que está basada en consideraciones de índole moral y religiosa, criterios cuya definición corresponde al Obispo diocesano y no tendrá validez en otras diócesis. Lógicamente podrá ser revocada por el Ordinario diocesano cuando deje de cumplirse alguna de las consideraciones por las que se concedió.

3: ENCARGO DIOCESANO.- El Ordinario diocesano propone cada año a la Administración Educativa para un centro escolar concreto el profesorado que considere  competente e idóneo y que, lógicamente, está en posesión de la DECA y de la DEI. La Propuesta del Ordinario diocesano (missio canonica) será para cada año escolar, conforme con el art. III del Acuerdo sobre Enseñanza y Asuntos Culturales.

Quienes tengan la antigua DEI, recibida de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis de la Conferencia Episcopal, han de considerar que tienen la actual DECA , y deben recibir del Ordinario diocesano la actual DEI y la missio correspondientes para poder impartir la asignatura.

Todo lo anterior corresponde al Acuerdo de la Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española sobre la regulación de la Declaración Eclesiástica de Idoneidad para la designación de los Profesores de Religión Católica (Madrid, 27 de abril de 2007) y a la normativa concordataria y canónica: la Ley Orgánica  2/2006, de 3 de mayo, y el Real Decreto de Educación 696/2007, de 1 de junio,  por el que se regula la relación laboral de los Profesores de Religión, para ser designado profesor de religión católica por la Administración Educativa correspondiente.

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