Seminario 18 de marzo 2010
Aspectos jurídicos de las parroquias sin párroco propio por escasez de clero

El profesor Antonio Viana trató de una serie de cuestiones que plantea el c. 517. 2 del Código de Derecho Canónico que regula las parroquias sin párroco propio por motivos de escasez de sacerdotes. En tal caso el obispo diocesano puede nombrar un sacerdote que diriga la actividad pastoral de la parroquia y con el que colaboren distintos fieles a los que se les atribuye una participación en la actividad pastoral. Este modelo, que se va extendiendo por las diócesis europeas plantea no pocos interrogantes y cuestiones de orden canónico, teóricas y prácticas, que fueron tratadas en el seminario, como son: el sistema de selección y nombramienrto que se adopte, el contenido y los límites de la actividad de los fieles laicos en estas parroquias, las cuestiones terrminológicas que se presentan, los aspectos patrimoniales, el engarce de esta figura canónica en la estructura jerárquica de la Iglesia.

 

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