Seminario 18 de marzo 2010 Aspectos jurídicos de las parroquias
sin párroco propio por escasez de clero
El profesor Antonio Viana trató
de una serie de cuestiones que plantea el c. 517.
2 del Código de Derecho Canónico que
regula las parroquias sin párroco propio
por motivos de escasez de sacerdotes. En tal caso
el obispo diocesano puede nombrar un sacerdote que
diriga la actividad pastoral de la parroquia y con
el que colaboren distintos fieles a los que se les
atribuye una participación en la actividad
pastoral. Este modelo, que se va extendiendo por
las diócesis europeas plantea no pocos interrogantes
y cuestiones de orden canónico, teóricas
y prácticas, que fueron tratadas en el seminario,
como son: el sistema de selección y nombramienrto
que se adopte, el contenido y los límites
de la actividad de los fieles laicos en estas parroquias,
las cuestiones terrminológicas que se presentan,
los aspectos patrimoniales, el engarce de esta figura
canónica en la estructura jerárquica
de la Iglesia.
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