La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de
Calidad de la Educación, en su , define el currículo como el conjunto de
objetivos, contenidos, métodos pedagógicos
y criterios de evaluación de cada uno de los niveles,
etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo.
En el encomienda, además, al Gobierno la fijación
de las enseñanzas comunes, que constituyen los
elementos básicos del currículo, con el
fin de garantizar una formación común a
todos los alumnos y la validez de los títulos correspondientes
y establece que estos elementos constituirán el
65 por ciento de los horarios escolares en las comunidades
autónomas que no tengan otra lengua oficial además
de la castellana. Asimismo, en el apartado 3 determina
que las Administraciones educativas establecerán
el currículo de los distintos niveles, etapas,
ciclos, grados y modalidades del sistema educativo, que
deberá incluir las enseñanzas comunes en
sus propios términos.
Fijadas por el Gobierno las enseñanzas comunes
de la Educación Primaria en el , de 27 de junio, procede que el Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte establezca el currículo
de este nivel para los centros que pertenecen a su ámbito
de gestión.
Los alumnos han de desenvolverse en una sociedad cada
vez más compleja en la que los avances científicos
y tecnológicos hacen necesaria una formación
en continuo cambio, tanto por los conocimientos en sí
como por los procesos e instrumentos para poderlos incorporar
a la formación personal.
El logro de una educación de calidad para todos
posibilita que el individuo pueda adoptar con mayor
grado de libertad sus decisiones personales. Las opciones
son reales cuando se está en condiciones de discernir
las diferencias. Sólo con una educación
de calidad se puede ejercer la libertad de acción
haciendo uso del espíritu crítico de que
dota una formación integral.
Para conseguir una educación de calidad, se
han de tener en cuenta aspectos sociales de la educación,
características evolutivas de los alumnos a quienes
va dirigida, modos de acceder al conocimiento en estas
edades y, en suma, un conjunto de enseñanzas
que, diferenciadas en objetivos generales, específicos,
contenidos, metodología y criterios de evaluación,
pongan al alcance de los alumnos valores, conocimientos
y actitudes que los formen como ciudadanos del siglo
XXI.
En consonancia con todo esto, el objetivo de la Educación
Primaria no sólo se refiere al desarrollo de
las capacidades intelectuales, sino a la adquisición
de valores y al desarrollo de actitudes tales como respetar
las normas y a los demás en el marco del pluralismo
democrático, ser responsables, ser capaces de
trabajar en equipo, desarrollar un espíritu crítico,
considerar un valor la tarea bien hecha y mostrar curiosidad
e interés por el aprendizaje, entre otros.
La experiencia señala que es preciso incidir
en el aprendizaje de las áreas instrumentales,
dada la repercusión que tienen en las demás.
Esto justifica que tengan una mayor presencia en el
currículo tanto en lo referente a la carga horaria
como al tipo de contenidos que las desarrollan.
La Ciencia adquiere en este real decreto un peso específico
propio de las disciplinas que representa. Este ámbito
de conocimiento tiene estructura muy definida y lenguaje
muy específico y preciso. Requiere una combinación
conceptual y experimental para comprender los fenómenos
científicos. Los alumnos de Educación
Primaria son capaces de conseguirlo, si se les pone
en situaciones que tengan en cuenta su edad, sus intereses
y sus formas de acceder al conocimiento.
En el presente currículo de Educación
Primaria destaca el impulso que se da a la utilización
de las tecnologías de la información y
la comunicación, el dominio de la expresión
oral y al tratamiento de la lectura y de la comprensión
lectora, siempre desde el marco que determinan las enseñanzas
comunes establecidas en el Real Decreto 830/2003, de
27 de junio, para este nivel educativo.
La necesidad de la utilización adecuada por
los alumnos de las tecnologías de la información
y la comunicación como herramienta de trabajo,
la capacidad de expresarse correctamente y la conveniencia
de una comprensión autónoma de los textos
justifican suficientemente el modo en que se han incluido
estos aspectos educativos en el currículo de
la Educación Primaria.
Las decisiones que se deben tomar al respecto han de
contemplarse, desde todas las áreas, como un
plan de centro, en el que se especifiquen las responsabilidades
de cada uno de los miembros de los equipos docentes
y los modos de establecer la coordinación entre
ellos. Comoquiera que las tecnologías de la información
y la comunicación y el tratamiento de la enseñanza
de la lectura y de la comprensión lectora han
de realizarse en todas las áreas del currículo,
en este real decreto se trazan las grandes líneas
de estos proyectos para que los centros docentes elaboren
y apliquen el propio, de acuerdo con las características
singulares de su entorno.
La escuela es un reflejo de la sociedad en la que está
inserta. Actualmente, más que nunca, es un crisol
de culturas y sólo a través del desarrollo
de la capacidad de comunicación se pueden comprender
entre sí los miembros que la forman y facilitar
el intercambio de pautas culturales y modos de concebir
el mundo que nos rodea. No se puede olvidar el marco
europeo en que se desenvuelve nuestra sociedad y que
nos hace miembros de otra más amplia que supera
las barreras del propio país. El conocimiento
de al menos una lengua de este marco tiene un carácter
compensador por constituir una oportunidad para que
todos la conozcan, independientemente de la procedencia
de cada alumno. Por todo ello, de acuerdo con las enseñanzas
comunes que se determinan en el Real Decreto 830/2003,
de 27 de junio, se considera preciso adelantar el aprendizaje
de la lengua extranjera al primer ciclo de la Educación
Primaria.
Esta variedad intercultural, unida a las distintas
capacidades, intereses y aptitudes de los alumnos, hace
necesario ir configurando una educación que respete
los diferentes ritmos y modos de aprendizaje de los
alumnos. La escuela ha de dar respuesta a esta variedad
cultural y personal, igualando las oportunidades desde
las distintas situaciones de partida y posibilitando
en ella un clima de solidaridad.
La atención a alumnos con necesidades educativas
específicas tiene un tratamiento relevante en
este real decreto. De acuerdo con lo que establece la
Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de
Calidad de la Educación, en el capítulo
VII del título I, las acciones de compensación
educativa contemplan las medidas de apoyo en el caso
de promoción de ciclo con evaluación negativa,
la autonomía de los centros para determinar el
momento más idóneo para la repetición
de ciclo, la atención a alumnos con necesidades
educativas especiales, la flexibilización de
la duración del período escolar para estos
alumnos y para los que sean identificados como superdotados
intelectualmente y los modos de realizar la incorporación
de los alumnos extranjeros al sistema educativo.
La evaluación de los alumnos ha de ser continua
y formativa y tendrá en cuenta el progreso del
alumno en el conjunto de las distintas áreas.
Tomará como referencia los objetivos y los criterios
de evaluación que se establecen en este real
decreto y que los centros desarrollarán en las
programaciones didácticas, de manera que al finalizar
la Educación Primaria los alumnos queden capacitados
para incorporarse a la Educación Secundaria con
garantías de éxito. Si es importante el
progreso del alumno, no lo es menos el que satisfaga
este objetivo.
La autonomía de los centros se hace realidad
con la posibilidad de elaborar proyectos educativos
propios de acuerdo con sus características. Los
centros podrán ofrecer proyectos educativos que
refuercen y amplíen determinados aspectos del
currículo, referidos a los ámbitos lingüístico,
humanístico, científico, tecnológico,
artístico, deportivo y de las tecnologías
de la información y la comunicación. Para
desarrollar al máximo las capacidades, formación
y oportunidades de los alumnos, podrán ampliar
el currículo, el horario y el calendario escolar.
En la evaluación de su práctica docente
el profesorado comprobará la eficacia de su respuesta
a las necesidades de los alumnos. Los centros docentes
deberán promover la evaluación interna
de su funcionamiento y determinar los ámbitos
de mejora que posibiliten un mayor grado de coordinación
de todos sus miembros y órganos y, en definitiva,
la promoción de la calidad educativa.
En este real decreto se establece la necesaria coordinación
de los centros de Educación Primaria con los
de Educación Secundaria, dentro de las adscripciones
que estén establecidas, con el fin de facilitar
una progresión sin rupturas de las programaciones
didácticas y el acceso de los alumnos de un nivel
a otro.
El presente currículo podrá ser adaptado
a las peculiaridades de la educación en los centros
del exterior; asimismo podrá adaptarse la organización
de estas enseñanzas para las personas adultas
y para la modalidad de educación a distancia.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
establecerá la evaluación general de diagnóstico
en la Educación Primaria, en los términos
que determine la normativa estatal, con la finalidad
de comprobar el grado de adquisición de las competencias
básicas previstas para este nivel educativo y
aplicar las medidas que correspondan para la mejora
de los procesos y de los resultados. Tendrá,
por tanto, carácter informativo y orientador
para los centros, el profesorado, las familias y los
alumnos.
Este real decreto ha sido informado por el Consejo
Escolar del Estado.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación,
Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 23
de enero de 2004,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito
de aplicación.
Este real decreto establece para el ámbito de
gestión del Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte el currículo de la Educación
Primaria, según lo dispuesto en el de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de
diciembre, de Calidad de la Educación, e incluye,
en sus propios términos, las enseñanzas
comunes fijadas en el , de 27 de junio, por el que se
establecen las enseñanzas comunes de la Educación
Primaria.
Artículo 2. Principios
generales.
1. La Educación
Primaria tiene carácter obligatorio y gratuito,
y comprenderá seis años académicos,
que se cursarán ordinariamente entre los seis
y los 12 años de edad. Se organiza en tres ciclos
de dos años cada uno.
2. Los alumnos se
incorporarán normalmente al primer curso de la
Educación Primaria en el año natural en
el que cumplan seis años.
3. La Educación
Primaria será impartida por maestros, que tendrán
competencia docente en todas las áreas de este
nivel y en las tutorías de los alumnos. La enseñanza
de la música, de la educación física,
de los idiomas extranjeros o de aquellas otras enseñanzas
que se determinen serán impartidas por maestros
con las especialidades correspondientes.
Artículo 3. Finalidad.
La Educación Primaria es el primer nivel de
la enseñanza obligatoria y tiene la finalidad
de facilitar a los alumnos los aprendizajes de la expresión
y comprensión oral, la lectura, la escritura,
el cálculo, la adquisición de las nociones
básicas de la cultura y los hábitos de
la convivencia, del estudio y del trabajo, con el fin
de garantizar una formación integral que contribuya
al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos
y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la
Educación Secundaria Obligatoria.
Artículo 4. Objetivo.
La Educación Primaria tendrá como objetivo
el desarrollo en los alumnos de las siguientes capacidades:
a) Conocer los valores y las normas de convivencia,
aprender a obrar de acuerdo con ellas y respetar el
pluralismo propio de una sociedad democrática.
b) Desarrollar una actitud responsable y de respeto
por los demás, que favorezca un clima propicio
para la libertad personal, el aprendizaje y la convivencia.
c) Desarrollar hábitos de esfuerzo y responsabilidad
en el estudio, y actitudes de curiosidad e interés
por el aprendizaje, con las que descubrir la satisfacción
de la tarea bien hecha.
d) Desarrollar la iniciativa individual y el hábito
del trabajo en equipo.
e) Conocer y usar adecuadamente la lengua castellana
en sus manifestaciones oral y escrita, así como
adquirir hábitos de lectura.
f) Iniciarse en la resolución de problemas que
requieran la realización de operaciones elementales
de cálculo, conocimientos geométricos
y estimaciones.
g) Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias
de la Naturaleza, la Geografía, la Historia y
la Cultura.
h) Adquirir, en una lengua extranjera, la competencia
comunicativa necesaria para desenvolverse en situaciones
cotidianas.
i) Desarrollar el espíritu emprendedor, fomentando
actitudes de confianza en uno mismo, sentido crítico,
creatividad e iniciativa personal.
j) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje
de las tecnologías de la información y
de las comunicaciones.
k) Iniciarse en la valoración y en la producción
estética de las diferentes manifestaciones artísticas,
así como en la expresión plástica,
rítmica y vocal.
l) Conocer el valor del propio cuerpo, el de la higiene
y la salud y la práctica del deporte como medios
más idóneos para el desarrollo personal
y social.
m) Conocer y valorar la naturaleza y el entorno, y
observar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado.
Artículo
5. Áreas.
De acuerdo con lo previsto en el del Real Decreto 830/2003, de 27 de junio, por
el que se establecen las enseñanzas comunes de
la Educación Primaria, las áreas de la
Educación Primaria serán las siguientes:
- Ciencias, Geografía e Historia.
- Educación Artística.
- Educación Física.
- Lengua castellana.
- Lengua extranjera.
- Matemáticas.
- Sociedad, Cultura y Religión.
Artículo 6. Elementos
del currículo.
1. En el se definen los objetivos, contenidos, métodos
pedagógicos y criterios de evaluación,
de las distintas áreas, que se estructuran secuenciados
por ciclos y que constituyen el currículo de
la Educación Primaria.
2. El Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte establecerá
los horarios correspondientes a las diferentes áreas
del nivel.
3. En los se establecen las directrices para la elaboración
de los planes para la integración de las tecnologías
de la información y la comunicación, así
como para el tratamiento de la lectura y la comprensión
lectora, que deberán desarrollarse en los currículos
de las diferentes áreas.
Los objetivos, contenidos, métodos pedagógicos
y criterios de evaluación para el tratamiento
de las tecnologías de la información y
la comunicación, la comprensión lectora
y el desarrollo de la expresión oral aparecen
en las diferentes áreas del currículo
que constituye el anexo I.
Artículo
7. Autonomía de los centros.
1. Los centros docentes,
dentro del marco general que establezca el Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte, elaborarán
el proyecto educativo, en el que se fijarán los
objetivos y las prioridades educativas, así como
los procedimientos de actuación. Para la elaboración
de dicho proyecto deberán tenerse en cuenta las
características del centro y su entorno escolar,
así como las necesidades educativas de los alumnos.
Los centros docentes desarrollarán el currículo
aprobado en este real decreto mediante las programaciones
didácticas. En ellas se tendrán en cuenta
las necesidades y características de los alumnos.
2. En la Educación
Primaria cada grupo de alumnos tendrá un maestro
tutor, cuya actuación deberá coordinarse
con la de los otros maestros, especialistas y de apoyo,
del mismo grupo de alumnos.
En consonancia con la estructura de ciclo, deberá
garantizarse la continuidad de los maestros tutores
con un mismo grupo de alumnos a lo largo del ciclo.
3. El Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte promoverá
que los equipos directivos de los centros estimulen
el trabajo en equipo de los maestros. Para ello organizarán
equipos de coordinación que tomarán decisiones
conjuntas sobre la práctica docente, teniendo
muy presente la singularidad de cada uno de los ciclos
de la Educación Primaria.
4. Los órganos
de coordinación didáctica de los centros
públicos docentes tendrán autonomía
para elegir los libros de texto y demás materiales
curriculares que hayan de usarse en cada ciclo y en
cada área de este nivel educativo, siempre que
se adapten al currículo normativamente establecido.
Todos los libros de texto y materiales curriculares
que se adopten en cualquier tipo de centros deberán
cumplir lo establecido en la disposición adicional
tercera de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de
diciembre.
5. Para desarrollar
al máximo las capacidades, ampliar la formación
y posibilitar mayores oportunidades a todos los alumnos,
los centros docentes podrán ampliar el currículo,
horario escolar y días lectivos, respetando,
en todo caso, el currículo y calendario escolar
establecidos por el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte.
6. En virtud de
su autonomía pedagógica, y de acuerdo
con el procedimiento que establezca el Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte, los centros docentes
podrán ofrecer proyectos educativos que refuercen
y amplíen determinados aspectos del currículo.
Estos proyectos estarán relacionados con los
ámbitos lingüístico, humanístico,
científico, tecnológico, artístico,
deportivo y de las tecnologías de la información
y la comunicación.
Los centros docentes que deseen ofrecer estos proyectos
deberán solicitar la correspondiente autorización,
en los términos que establezca el Ministerio
de Educación Cultura y Deporte. Los centros que
sean autorizados deberán incluir en su proyecto
educativo la información necesaria con el fin
de orientar a los alumnos y a sus padres.
Artículo 8. Evaluación.
1. La evaluación
del aprendizaje de los alumnos será continua
y formativa, y tendrá en cuenta el progreso de
cada alumno en las distintas áreas. La escala
de calificaciones será la que determina la Orden
ECD/1923/2003, de 8 de julio, por la que se establecen
los elementos básicos de los documentos de evaluación.
La calificación negativa será «insuficiente»
y las positivas «suficiente», «bien»,
«notable» y «sobresaliente».
2. En el proceso
de evaluación de los alumnos los maestros tomarán
como referencia los objetivos y los criterios de evaluación
que se establecen en este real decreto y que los centros
desarrollarán en las programaciones didácticas,
de manera que se garantice que al finalizar la Educación
Primaria los alumnos queden capacitados para incorporarse
a la Educación Secundaria con garantías
de éxito.
3. Los alumnos que
hayan conseguido los objetivos correspondientes a un
ciclo accederán al ciclo o nivel educativo siguiente.
4. Cuando un alumno
no haya alcanzado los objetivos de un ciclo, podrá
permanecer en él un año más. Esta
medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo
de la Educación Primaria, será tomada
por el tutor, asesorado por los demás maestros
del alumno y exigirá la previa audiencia de los
padres o tutores. Los equipos docentes fijarán
criterios sobre el momento más idóneo,
en cada caso, para adoptar esta medida, en atención
a las circunstancias que concurran en los alumnos.
5. El profesorado
evaluará su práctica docente, así
como la adecuación de los procesos a las necesidades
específicas de los alumnos. El equipo directivo
y los órganos de coordinación didáctica
promoverán la evaluación interna del centro,
introducirán las medidas concretas que sean precisas
y efectuarán el seguimiento de las mejoras introducidas.
Artículo 9. Medidas de
apoyo.
1. Los centros prestarán
especial atención a la identificación
temprana de las dificultades de los alumnos, a su atención
individualizada y al establecimiento de mecanismos de
refuerzo para evitar el fracaso escolar.
Los alumnos que accedan al ciclo siguiente con evaluación
negativa en alguna de las áreas recibirán
los apoyos necesarios para su recuperación. Las
actividades que se programen, así como su temporalización
y la determinación del profesorado responsable
de ellas, constarán en las programaciones didácticas
correspondientes.
2. El Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte establecerá
las medidas para que los centros den respuesta educativa
adecuada a los alumnos con necesidades educativas específicas.
3. Los alumnos con
necesidades educativas especiales que requieran la adecuación
del presente currículo y determinados apoyos
educativos tendrán una atención especializada
con arreglo a los principios de no discriminación
y normalización educativa desde el momento de
la detección de sus necesidades. Podrán
ser escolarizados en función de sus características
en grupos ordinarios, en aulas especializadas en centros
ordinarios, en centros de educación especial
o en escolarización combinada.
Artículo 10. Calendario.
1. En la Educación
Primaria, el calendario escolar comprenderá un
mínimo de 175 días lectivos. En ningún
caso el inicio del curso escolar se producirá
antes del 1 de septiembre ni el final después
del 30 de junio.
2. El Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte establecerá
el calendario anual, así como los criterios para
la organización de la jornada escolar, que deberán
observar los centros en este nivel educativo.
Artículo 11. Coordinación
con la Educación Secundaria Obligatoria.
Para facilitar la continuidad del proceso educativo
de los alumnos en la Educación Secundaria Obligatoria,
los centros de Educación Primaria y aquellos
centros de Educación Secundaria a que estén
adscritos deberán establecer mecanismos eficaces
de coordinación, especialmente en el tercer ciclo
del nivel. La coordinación velará por
la adecuada progresión de los objetivos, contenidos
y criterios de evaluación, así como por
la transmisión de información educativa
en el cambio de centro al acabar el nivel de Educación
Primaria.
Disposición
adicional primera. Área de Sociedad, Cultura
y Religión.
1. El área
de Sociedad, Cultura y Religión comprenderá
dos opciones: una, de carácter confesional, acorde
con la confesión por la que opten los padres
o tutores, entre aquellas respecto de cuya enseñanza
el Estado tenga suscritos acuerdos; otra, no confesional.
Ambas opciones serán de oferta obligatoria por
los centros.
2. La enseñanza
confesional de la Religión se ajustará
a lo establecido en el suscrito
entre la Santa Sede y el Estado español y, en
su caso, a lo dispuesto en aquellos otros suscritos
o que pudieran suscribirse con otras confesiones religiosas.
3. El currículo
de la opción no confesional figura en el .
4. Tanto la determinación
del currículo de la opción confesional
como las decisiones sobre utilización de libros
de texto y materiales didácticos y, en su caso,
su supervisión y aprobación corresponden
a las autoridades religiosas respectivas, de acuerdo
con lo que establece el Real Decreto 830/2003, de 27
de junio, en el , y
sin perjuicio de lo previsto en el segundo párrafo
del de este real decreto.
5. Según
lo dispuesto en el y en el del Real Decreto
2438/1994, de 16 de diciembre, por el que se regula
la enseñanza de la Religión, los padres
o tutores de los alumnos manifestarán voluntariamente
su deseo de cursar la opción confesional de su
elección al formalizar la matrícula de
primer curso de la Educación Primaria o en la
primera inscripción del alumno en el centro.
Esta decisión podrá modificarse al comienzo
de cada curso escolar. La opción no confesional
será obligatoria para los alumnos que no cursen
la opción confesional.
Disposición adicional
segunda. Incorporación de alumnos de sistemas
educativos extranjeros.
1. La incorporación
de alumnos procedentes de sistemas educativos extranjeros
a cualquiera de los ciclos que integran la Educación
Primaria se realizará teniendo como referente
su edad y su competencia curricular, mediante el procedimiento
que determine el Ministerio de Educación, Cultura
y Deporte.
2. El Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte adoptará
medidas que contribuyan a la eficaz integración,
en el sistema educativo español, de alumnos procedentes
de otros sistemas educativos. Se realizará el
seguimiento del desarrollo de los programas específicos
de aprendizaje que se establezcan para que aquellos
alumnos que desconozcan la lengua y cultura españolas
que presenten graves carencias en conocimientos básicos
puedan normalizar su escolarización.
Disposición adicional
tercera. Flexibilización del período de
escolarización.
1. Cuando un alumno
haya sido identificado como superdotado intelectualmente,
se podrá flexibilizar la duración de su
período de escolarización en este nivel
educativo, de acuerdo con las condiciones establecidas
en el Real Decreto 943/2003, de 18 de julio.
2. Asimismo, de
manera excepcional, podrá autorizarse la flexibilización
del período de escolarización a los alumnos
con necesidades educativas especiales según lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley Orgánica
10/2002, de 23 de diciembre, de la Calidad de la Educación.
3. El Ministerio
de Educación, Cultura y Deporte determinará
el procedimiento y los criterios que se aplicarán
para la flexibilización del período escolar.
Disposición adicional
cuarta. Evaluación general de diagnóstico.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
fijará el procedimiento y los criterios para
la aplicación de las pruebas de evaluación
general de diagnóstico en la Educación
Primaria, así como las normas para hacer efectivas
sus finalidades, de acuerdo con la normativa que las
regule con carácter básico.
Disposición adicional
quinta. Adaptación del currículo para
los centros en el exterior.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
podrá adaptar este currículo a las necesidades
específicas de los centros en que se imparten
las enseñanzas de Educación Primaria en
el exterior, al amparo del Real Decreto 1027/1993, de
25 de junio, sin modificar las enseñanzas comunes.
Disposición adicional
sexta. Adaptación para la educación a
distancia y as enseñanzas de adultos.
El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
adecuará la organización de las enseñanzas
de este nivel a las peculiares características
de la educación a distancia y de la educación
de adultos.
Disposición transitoria
única. Implantación.
La implantación de las enseñanzas de
la Educación Primaria establecidas en la Ley
Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad
de la Educación, y la extinción simultánea
de las correspondientes a la Ley Orgánica 1/1990,
de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema
Educativo, se efectuarán según el calendario
previsto en el Real Decreto 827/2003 de 27 de junio.
Disposición derogatoria
única. Derogación normativa.
1. En la medida
en que se vaya realizando la implantación de
las nuevas enseñanzas de la Educación
Primaria, quedará sin efecto el contenido del
Real Decreto 1334/1991, de 6 de septiembre, por el que
se estableció el currículo de este nivel.
2. Quedan derogadas
las demás normas de igual o inferior rango que
se opongan a lo establecido en este real decreto.
Disposición final primera.
Habilitación de desarrollo.
El Ministro de Educación, Cultura y Deporte
dictará cuantas disposiciones sean precisas para
el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en
este real decreto.
Disposición final segunda.
Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el
día siguiente al de su publicación en
el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, a 23 de enero de 2004.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,
PILAR DEL CASTILLO VERA
ANEXO
I
EDUCACIÓN PRIMARIA
(...)
SOCIEDAD, CULTURA Y RELIGIÓN
Introducción
A lo largo de las últimas décadas se
han ido produciendo cambios notables en la sociedad
española que afectan al fenómeno religioso.
En primer lugar, la sociedad española se configura
cada vez más, no sólo como una sociedad
multicultural, sino también multirreligiosa:
este hecho se debe tanto al intercambio de personas
y bienes culturales con otros países de la Unión
Europea de tradición no católica, como
al creciente fenómeno de la inmigración.
Por otra parte, el acercamiento razonado a las religiones
en cuanto a hechos de la civilización se perfila
cada vez más como una necesidad para evitar el
desarraigo cultural de las nuevas generaciones, e incluso
como una pieza clave para entender buena parte de los
acontecimientos y de las manifestaciones culturales
de nuestro tiempo.
Asimismo, la sociedad de la comunicación y la
cooperación mundial hacen que se multipliquen
cada vez más los contactos entre personas de
diferentes culturas y religiones, cuyo conocimiento
y confianza mutuos requieren entender las bases religiosas
que cimientan su personalidad o su idiosincrasia.
Por otra parte, la escuela es hoy considerada como
parte del espacio público, en el que la sociedad
pone en común, comparte y debate los elementos
de las diferentes cosmovisiones y valores presentes
en ella. En este sentido, la enseñanza escolar
de la religión está llamada a desempeñar
un importante papel en la integración de la sociedad
multirreligiosa. Y ello por dos razones: en primer lugar,
porque la escuela se convierte de este modo en espacio
idóneo para la convivencia y la comunicación;
y, en segundo lugar, por las actitudes de acercamiento
mutuo, comprensión y análisis selectivo
que cada alumno debe ejercitar en la escuela.
En consecuencia, el área de Sociedad, Cultura
y Religión deberá contribuir de forma
activa y específica, tanto a la adquisición
de las nociones básicas de la cultura, entre
las que se encuentran concepciones religiosas, como
a la creación de hábitos de convivencia
e intercambio productivo entre personas que poseen diferentes
creencias e ideologías.
Asimismo, si se tiene en cuenta que la mayoría
de las expresiones religiosas corresponden a transmisiones
orales o escritas de alto contenido literario, la importancia
que la lectura de los documentos que contienen las leyendas,
narraciones, discursos doctrinales o poesía religiosa
augura una notable contribución al desarrollo
de la habilidad y el interés del alumno por la
lectura. Y, finalmente, dado el interés que los
medios de comunicación han tenido en la reconstrucción
y conservación del patrimonio religioso de la
Humanidad, al menos en sus mejores manifestaciones,
el acceso a las mismas no podrá realizarse sin
el auxilio de las Tecnologías de la Información
y la Comunicación, manejadas por el alumno como
instrumento permanente de búsqueda.
Los contenidos del área de Sociedad, Cultura
y Religión en el primer ciclo de la Educación
Primaria se centrarán en aquellos elementos que,
por una parte, constituyan la base sobre la que construir
el conocimiento de lo religioso, y por otra, responden
a las posibilidades de percepción y capacidades
operatorias de los alumnos de esta edad. De ahí
que los contenidos se centren en el descubrimiento del
factor fundamental del universo religioso: el espacio
y el tiempo sagrados y sus signos de identificación.
Y, por otro lado, el aprendizaje debe circunscribirse
a la localización y descripción más
elemental de cada uno de los elementos que se proponen
en el programa: la observación de los mismos,
su descripción externa, su nombre, las acciones
que allí o entonces tienen lugar, su utilidad,
...
Las capacidades operatorias del niño de segundo
ciclo hacen de esta una etapa de madurez narrativa.
Ello es fruto de la madurez en su capacidad de síntesis.
Ello permite, por un lado, acercar al niño tanto
a las expresiones más elementales de la experiencia
religiosa (mitos y acciones rituales), como a los sistemas
morales y de creencias elementales específicos
de la religión. Todo ello, teniendo como base
la experiencia y el testimonio de las vivencias básicas
de los grandes hombres religiosos de la Humanidad.
La capacidad para las operaciones formales permiten
al alumno del tercer ciclo de Educación Primaria
adquirir una síntesis elemental de los principales
sistemas religiosos que han determinado, de alguna manera,
la evolución de la historia humana. En consecuencia,
se trata de que, junto a esa síntesis elemental,
el alumno adquiera unos datos básicos acerca
de la influencia de los sistemas religiosos y morales
en el desarrollo social y cultural de los pueblos en
los que han estado vigentes.
Desde el punto de vista metodológico se deberán
tener en cuenta las siguientes orientaciones:
El objeto del aprendizaje no es sólo el mensaje
religioso o el contenido de las creencias y las normas
morales, sino la totalidad de la realidad religiosa,
es decir, debe incluirse también el conjunto
de manifestaciones, acontecimientos, hechos de todo
tipo, personas ...
Ello supone programaciones que partan del conocimiento
globalizado de lo religioso y se encaminen hacia un
conocimiento diferenciado de los distintos elementos
de la realidad religiosa. Asimismo, se presentarán
programas que, partiendo de la percepción sensorial
de los significantes religiosos, avancen hacia la conceptualización
y sistematización de la totalidad de los contenidos
religiosos.
La elaboración de proyectos de búsqueda
y contraste adquiere en esta área una particular
relevancia, dado que el aprendizaje del diálogo
e intercambio de propuestas entre los componentes del
grupo constituye uno de los objetivos primordiales del
área. El profesor promoverá el diálogo,
siendo su tarea fundamental organizar la búsqueda
de información para su intercambio entre los
alumnos, lejos de cualquier tipo de proselitismo.
Objetivos:
1. Reconocer e identificar
las referencias religiosas presentes en estructuras
y comportamientos sociales, y en las experiencias culturales
y artísticas más significativas.
2. Descubrir el
hecho religioso a través del estudio de la historia
de las principales religiones.
3. Valorar los sistemas
éticos propuestos por las diferentes religiones
y las consecuencias que han tenido en la vida de las
sociedades en que estuvieron o están vigentes.
4. Conocer y evaluar
las respuestas más elementales (mitos, leyendas,
modelos) con las que las religiones han respondido a
las preguntas que, en todos los tiempos, la Humanidad
se ha planteado sobre el origen del mundo, el origen
de la vida, la existencia del mal, la muerte ... Conocer
algunas manifestaciones sociales y culturales de los
distintos pueblos, inspiradas en estas repuestas de
la religión.
5. Mantener una
actitud de tolerancia y respeto ante las diferencias
religiosas.
6. Saber dialogar
con personas que posean religiones diferentes a la propia.
7. Analizar los
valores culturales, estéticos, sociales y éticos
presentes en las manifestaciones de la religión,
tanto a lo largo de la historia como en la actualidad.
8. Conocer las creencias,
signos y valores de las religiones y su incidencia en
la historia y la sociedad.
9. Valorar la importancia
pasada y presente de la tolerancia y la libertad religiosas
para la convivencia política pacífica
y libre, así como para el desarrollo intelectual,
científico y cultural de los pueblos.
10. Desarrollar
estrategias de comprensión lectora aplicables
a los textos y vocabulario propios del área.
11. Utilizar las
Tecnologías de la Información y la Comunicación
como instrumento de trabajo y aprendizaje.
Primer ciclo
Contenidos
I. Los espacios de
la religión.
1. Los lugares
del culto en la antigüedad y en la actualidad.
Lugares de reunión y encuentro de las personas
religiosas hoy (la iglesia, la sinagoga, la mezquita
y la pagoda) o en la antigüedad (templos de Grecia
y Roma, pirámides aztecas o mayas, monumentos
del neolítico).
2. Lugares universales de peregrinación y reunión.
Lugares de peregrinación y reunión universales:
los «Santos lugares», de los cristianos;
el Muro de las lamentaciones, de los judíos;
la Meca, de los musulmanes; el Ganges en Benarés,
de los hindúes...
II. El calendario y
las fiestas religiosas.
1. Las fiestas religiosas de cada semana. El sábado
judío, el domingo cristiano, el viernes de los
musulmanes ...
2. Las fiestas de cada año. La Pascua judía,
la Pascua y la Navidad cristianas, la fiesta del año
nuevo en diferentes religiones.
3. Los períodos santos. La Cuaresma cristiana,
el Ramadán de los musulmanes, los cincuenta días
de Pentecostés ...
III. Ritos y cultos.
1. La oración y la música.
2. Los ritos y sus formas. Los ritos y la vida diaria,
ritos para la vida y el nacimiento, ritos de pertenencia,
ritos para la muerte.
3. Actitudes religiosas de las personas: respeto y adoración.
IV. Las imágenes
y el arte religioso.
1. Símbolos de las religiones más importantes.
La estrella de David, la cruz, la media luna, el yin-yan,
el indalo.
2. La representación de los dioses griegos y
romanos. Cibeles, Neptuno, Cupido, Eolo, Zeus o Júpiter.
3. Las representaciones religiosas más frecuentes
del entorno.
V. Los libros sagrados
de las religiones.
1. La Biblia, el Evangelio y el Corán.
2. Los libros sagrados de las religiones orientales.
Criterios de evaluación:
1. Identificar determinados
edificios como lugares sagrados; indicar los grupos
religiosos a los que pertenecen y describir sus principales
características.
2. Conocer las principales
fiestas religiosas que se celebran en su entorno o que
aparecen en los medios de comunicación.
3. Identificar los
ritos religiosos más importantes de las religiones
de su entorno.
4. Identificar imágenes
y nombres de las representaciones más habituales
en el entorno cultural que representan signos, personajes
o divinidades de diferentes religiones.
5. Reconocer los
signos externos de las diferentes religiones de su entorno.
6. Identificar alguna
de las conductas morales básicas de las religiones
del entorno.
7. Comprender textos
relacionados con el mundo de la religión, con
vocabulario propio del área.
8. Saber utilizar
las tecnologías de la información y la
comunicación para realizar alguna actividad o
proyecto relacionado con el área.
Segundo ciclo
Contenidos
I. El nacimiento de
las grandes religiones.
1. Los grandes maestros y profetas de la tradición
religiosa oriental. Buda y la renovación del
hinduismo. Confucio y la moral de China. Lao Tsé
y el taoísmo.
2. Los fundadores de las grandes religiones del Mediterráneo:
Moisés, Jesús y Mahoma. La historia de
Abraham, el padre de los creyentes. Moisés y
la religión judía. Jesús y el cristianismo.
Mahoma y el Islam.
II. Mitos y leyendas
religiosas de la Humanidad.
1. Mitos y leyendas sobre el origen del mundo y de la
vida. Mitos y leyendas sobre el origen del hombre, de
la vida, del mundo, de la existencia del mal, de la
otra vida y del fin del mundo.
2. Mitos y leyendas sobre dioses y héroes: en
la religión mesopotámica, en Egipto, en
Grecia, en Roma y en las religiones incaicas, aztecas
y mayas.
III. Mapa de las religiones
en el mundo y las culturas de hoy.
1. El mapa de las religiones antiguas: su lugar de origen,
sus áreas de influencia. Vestigios de religiones
antiguas desaparecidas (Egipto, Grecia, Roma).
2. Origen y áreas de influencia de las religiones
en la actualidad: las religiones orientales; el Judaísmo;
el Cristianismo y el Islam.
3. El cristianismo. Sus grupos (católicos, ortodoxos,
protestantes) y sus áreas de influencia (Europa,
América del Norte y Latinoamérica).
4. Las religiones orientales. Su área de influencia
en Asia y Oceanía.
5. El Islam. Su área de influencia en África,
Europa oriental mediterránea, Asia y Oceanía.
6. El judaísmo. Entre la diáspora y la
tierra prometida.
IV. El arte religioso
en el mundo.
1. Vestigios del arte religioso en el mundo antiguo.
2. Las obras más significativas del arte de las
religiones monoteístas.
Criterios de evaluación:
1. Identificar a
los fundadores de las principales religiones, conociendo
los rasgos y hechos más importantes de su vida
en relación con la iniciativa religiosa protagonizada,
y situándolos en su contexto cultural y social.
2. Conocer los principales
mitos y leyendas religiosos.
3. Conocer el significado
de una leyenda como respuesta a alguna de las grandes
preguntas formulada por la humanidad.
4. Reconocer las
figuras que, en las expresiones plásticas del
entorno o presentadas por los medios de comunicación,
representen a personajes de la mitología, la
hagiografía o la leyenda religiosa.
5. Localizar las
religiones dominantes en los diferentes países
y proponer algún rasgo de la sociedad la cultura
del país, referidos a la religión.
6. Conocer las principales
manifestaciones del arte religioso.
7. Comprender textos
relacionados con el mundo de la religión, con
vocabulario propio del área.
8. Saber utilizar
las Tecnologías de la Comunicación y la
Información para obtener, recoger y organizar
información para realizar alguna actividad o
proyecto relacionado con el área.
Tercer ciclo
Contenidos
I. Religiones de la
antigüedad.
1. Las religiones en Mesopotámica y Egipto. Los
dioses y sus imágenes; el culto a los muertos
y sus lugares de descanso; el dios Faraón.
2. La religión de los griegos y la religión
de los romanos. Los dioses del Monte Olimpo, imágenes
y templos, las Olimpiadas. El panteón romano,
la ley romana (Derecho), el cristianismo en Roma.
II. Religiones orientales.
1. Hinduismo y budismo. Creencias, ritos y moral del
hinduismo y del budismo. La organización de la
sociedad hindú basada en la Religión.
Algunas expresiones del arte religioso hindú
en relación con las creencias.
2. El sistema ético de Confucio en la sociedad
china. El Taoísmo.
III. Las religiones
actuales.
1. El Judaísmo. El Dios único y la Torah.
La conciencia de «pueblo» en el judaísmo
histórico y el actual. La cultura de la Palabra.
2. El Cristianismo. El Credo cristiano. La Moral cristiana:
el Mandamiento nuevo y su incidencia histórica.
La cultura y el arte cristiano en la sociedad occidental.
3. El Islam. Los cinco pilares del Islam. El Islam en
la historia de occidente. El fundamentalismo islámico
actual. El arte religioso islámico.
IV. Las constantes
de lo religioso.
1. La persona, la trascendencia y las mediaciones, estructura
básica de toda religión.
2 La expresión de lo religioso en el arte y la
cultura, en la organización social y en los hechos
de la historia, característica de todas las religiones.
Criterios de evaluación:
1. Identificar la
religión a la que pertenecen los enunciados de
determinadas creencias, ritos u opciones morales.
2. Establecer relaciones
entre las creencias y los principios éticos y
morales de las religiones que el alumno conoce.
3. Reconocer las
semejanzas y diferencias que existen entre sus creencias
religiosas y opciones morales, y los que presentan las
distintas religiones que el alumno conoce.
4. Identificar el
origen religioso de algunas actuaciones o hechos sociales,
o de algunas manifestaciones de la cultura y el arte.
5. Reconocer en
las manifestaciones de las diferentes religiones las
constantes que caracterizan todo hecho religioso.
6. Comprender textos
relacionados con el mundo de la religión, con
vocabulario propio del área.
7. Saber utilizar
las Tecnologías de la Información y la
Comunicación para localizar información
y elaborar un trabajo o proyecto relacionado con el
área en grupo.