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LEGISLACIóN
Derecho Eclesiástico

Real Decreto 115/2004, de 23 de enero, por el que se establece el currículo de la Educación Primaria.

(BOE, de 7 de febrero)

Establece el currículo de la Educación Primaria para los centros pertenecientes al ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. La Educación Primaria tiene carácter obligatorio y gratuito, y comprenderá seis años académicos, que se cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años. Se organiza en tres ciclos de dos años cada uno. El artículo 5 -de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 830/2003, de 27 de junio, sobre las enseñanzas comunes en ese nivel- establece como una de las áreas de la Educación Primaria Sociedad, Cultura y Religión. La Disposición adicional primera determina el régimen de esa asignatura, que se ajustará a lo establecido en el Acuerdo con la Santa Sede sobre enseñanza. En el Anexo I se detallan los objetivos de la opción no confesional del área Sociedad, Cultura y Religión en el nivel de la Educación Primaria así como los contenidos y criterios de evaluación en cada uno de los ciclos.

La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en su artículo 8.1, define el currículo como el conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada uno de los niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo. En el apartado 2 encomienda, además, al Gobierno la fijación de las enseñanzas comunes, que constituyen los elementos básicos del currículo, con el fin de garantizar una formación común a todos los alumnos y la validez de los títulos correspondientes y establece que estos elementos constituirán el 65 por ciento de los horarios escolares en las comunidades autónomas que no tengan otra lengua oficial además de la castellana. Asimismo, en el apartado 3 determina que las Administraciones educativas establecerán el currículo de los distintos niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo, que deberá incluir las enseñanzas comunes en sus propios términos.

Fijadas por el Gobierno las enseñanzas comunes de la Educación Primaria en el Real Decreto 830/2003, de 27 de junio, procede que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establezca el currículo de este nivel para los centros que pertenecen a su ámbito de gestión.

Los alumnos han de desenvolverse en una sociedad cada vez más compleja en la que los avances científicos y tecnológicos hacen necesaria una formación en continuo cambio, tanto por los conocimientos en sí como por los procesos e instrumentos para poderlos incorporar a la formación personal.

El logro de una educación de calidad para todos posibilita que el individuo pueda adoptar con mayor grado de libertad sus decisiones personales. Las opciones son reales cuando se está en condiciones de discernir las diferencias. Sólo con una educación de calidad se puede ejercer la libertad de acción haciendo uso del espíritu crítico de que dota una formación integral.

Para conseguir una educación de calidad, se han de tener en cuenta aspectos sociales de la educación, características evolutivas de los alumnos a quienes va dirigida, modos de acceder al conocimiento en estas edades y, en suma, un conjunto de enseñanzas que, diferenciadas en objetivos generales, específicos, contenidos, metodología y criterios de evaluación, pongan al alcance de los alumnos valores, conocimientos y actitudes que los formen como ciudadanos del siglo XXI.

En consonancia con todo esto, el objetivo de la Educación Primaria no sólo se refiere al desarrollo de las capacidades intelectuales, sino a la adquisición de valores y al desarrollo de actitudes tales como respetar las normas y a los demás en el marco del pluralismo democrático, ser responsables, ser capaces de trabajar en equipo, desarrollar un espíritu crítico, considerar un valor la tarea bien hecha y mostrar curiosidad e interés por el aprendizaje, entre otros.

La experiencia señala que es preciso incidir en el aprendizaje de las áreas instrumentales, dada la repercusión que tienen en las demás. Esto justifica que tengan una mayor presencia en el currículo tanto en lo referente a la carga horaria como al tipo de contenidos que las desarrollan.

La Ciencia adquiere en este real decreto un peso específico propio de las disciplinas que representa. Este ámbito de conocimiento tiene estructura muy definida y lenguaje muy específico y preciso. Requiere una combinación conceptual y experimental para comprender los fenómenos científicos. Los alumnos de Educación Primaria son capaces de conseguirlo, si se les pone en situaciones que tengan en cuenta su edad, sus intereses y sus formas de acceder al conocimiento.

En el presente currículo de Educación Primaria destaca el impulso que se da a la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, el dominio de la expresión oral y al tratamiento de la lectura y de la comprensión lectora, siempre desde el marco que determinan las enseñanzas comunes establecidas en el Real Decreto 830/2003, de 27 de junio, para este nivel educativo.

La necesidad de la utilización adecuada por los alumnos de las tecnologías de la información y la comunicación como herramienta de trabajo, la capacidad de expresarse correctamente y la conveniencia de una comprensión autónoma de los textos justifican suficientemente el modo en que se han incluido estos aspectos educativos en el currículo de la Educación Primaria.

Las decisiones que se deben tomar al respecto han de contemplarse, desde todas las áreas, como un plan de centro, en el que se especifiquen las responsabilidades de cada uno de los miembros de los equipos docentes y los modos de establecer la coordinación entre ellos. Comoquiera que las tecnologías de la información y la comunicación y el tratamiento de la enseñanza de la lectura y de la comprensión lectora han de realizarse en todas las áreas del currículo, en este real decreto se trazan las grandes líneas de estos proyectos para que los centros docentes elaboren y apliquen el propio, de acuerdo con las características singulares de su entorno.

La escuela es un reflejo de la sociedad en la que está inserta. Actualmente, más que nunca, es un crisol de culturas y sólo a través del desarrollo de la capacidad de comunicación se pueden comprender entre sí los miembros que la forman y facilitar el intercambio de pautas culturales y modos de concebir el mundo que nos rodea. No se puede olvidar el marco europeo en que se desenvuelve nuestra sociedad y que nos hace miembros de otra más amplia que supera las barreras del propio país. El conocimiento de al menos una lengua de este marco tiene un carácter compensador por constituir una oportunidad para que todos la conozcan, independientemente de la procedencia de cada alumno. Por todo ello, de acuerdo con las enseñanzas comunes que se determinan en el Real Decreto 830/2003, de 27 de junio, se considera preciso adelantar el aprendizaje de la lengua extranjera al primer ciclo de la Educación Primaria.

Esta variedad intercultural, unida a las distintas capacidades, intereses y aptitudes de los alumnos, hace necesario ir configurando una educación que respete los diferentes ritmos y modos de aprendizaje de los alumnos. La escuela ha de dar respuesta a esta variedad cultural y personal, igualando las oportunidades desde las distintas situaciones de partida y posibilitando en ella un clima de solidaridad.

La atención a alumnos con necesidades educativas específicas tiene un tratamiento relevante en este real decreto. De acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en el capítulo VII del título I, las acciones de compensación educativa contemplan las medidas de apoyo en el caso de promoción de ciclo con evaluación negativa, la autonomía de los centros para determinar el momento más idóneo para la repetición de ciclo, la atención a alumnos con necesidades educativas especiales, la flexibilización de la duración del período escolar para estos alumnos y para los que sean identificados como superdotados intelectualmente y los modos de realizar la incorporación de los alumnos extranjeros al sistema educativo.

La evaluación de los alumnos ha de ser continua y formativa y tendrá en cuenta el progreso del alumno en el conjunto de las distintas áreas. Tomará como referencia los objetivos y los criterios de evaluación que se establecen en este real decreto y que los centros desarrollarán en las programaciones didácticas, de manera que al finalizar la Educación Primaria los alumnos queden capacitados para incorporarse a la Educación Secundaria con garantías de éxito. Si es importante el progreso del alumno, no lo es menos el que satisfaga este objetivo.

La autonomía de los centros se hace realidad con la posibilidad de elaborar proyectos educativos propios de acuerdo con sus características. Los centros podrán ofrecer proyectos educativos que refuercen y amplíen determinados aspectos del currículo, referidos a los ámbitos lingüístico, humanístico, científico, tecnológico, artístico, deportivo y de las tecnologías de la información y la comunicación. Para desarrollar al máximo las capacidades, formación y oportunidades de los alumnos, podrán ampliar el currículo, el horario y el calendario escolar.

En la evaluación de su práctica docente el profesorado comprobará la eficacia de su respuesta a las necesidades de los alumnos. Los centros docentes deberán promover la evaluación interna de su funcionamiento y determinar los ámbitos de mejora que posibiliten un mayor grado de coordinación de todos sus miembros y órganos y, en definitiva, la promoción de la calidad educativa.

En este real decreto se establece la necesaria coordinación de los centros de Educación Primaria con los de Educación Secundaria, dentro de las adscripciones que estén establecidas, con el fin de facilitar una progresión sin rupturas de las programaciones didácticas y el acceso de los alumnos de un nivel a otro.

El presente currículo podrá ser adaptado a las peculiaridades de la educación en los centros del exterior; asimismo podrá adaptarse la organización de estas enseñanzas para las personas adultas y para la modalidad de educación a distancia.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá la evaluación general de diagnóstico en la Educación Primaria, en los términos que determine la normativa estatal, con la finalidad de comprobar el grado de adquisición de las competencias básicas previstas para este nivel educativo y aplicar las medidas que correspondan para la mejora de los procesos y de los resultados. Tendrá, por tanto, carácter informativo y orientador para los centros, el profesorado, las familias y los alumnos.

Este real decreto ha sido informado por el Consejo Escolar del Estado.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación, Cultura y Deporte y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 2004,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Este real decreto establece para el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte el currículo de la Educación Primaria, según lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, e incluye, en sus propios términos, las enseñanzas comunes fijadas en el Real Decreto 830/2003, de 27 de junio, por el que se establecen las enseñanzas comunes de la Educación Primaria.

Artículo 2. Principios generales.

1. La Educación Primaria tiene carácter obligatorio y gratuito, y comprenderá seis años académicos, que se cursarán ordinariamente entre los seis y los 12 años de edad. Se organiza en tres ciclos de dos años cada uno.

2. Los alumnos se incorporarán normalmente al primer curso de la Educación Primaria en el año natural en el que cumplan seis años.

3. La Educación Primaria será impartida por maestros, que tendrán competencia docente en todas las áreas de este nivel y en las tutorías de los alumnos. La enseñanza de la música, de la educación física, de los idiomas extranjeros o de aquellas otras enseñanzas que se determinen serán impartidas por maestros con las especialidades correspondientes.

Artículo 3. Finalidad.

La Educación Primaria es el primer nivel de la enseñanza obligatoria y tiene la finalidad de facilitar a los alumnos los aprendizajes de la expresión y comprensión oral, la lectura, la escritura, el cálculo, la adquisición de las nociones básicas de la cultura y los hábitos de la convivencia, del estudio y del trabajo, con el fin de garantizar una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad de los alumnos y de prepararlos para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria.

Artículo 4. Objetivo.

La Educación Primaria tendrá como objetivo el desarrollo en los alumnos de las siguientes capacidades:

a) Conocer los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas y respetar el pluralismo propio de una sociedad democrática.

b) Desarrollar una actitud responsable y de respeto por los demás, que favorezca un clima propicio para la libertad personal, el aprendizaje y la convivencia.

c) Desarrollar hábitos de esfuerzo y responsabilidad en el estudio, y actitudes de curiosidad e interés por el aprendizaje, con las que descubrir la satisfacción de la tarea bien hecha.

d) Desarrollar la iniciativa individual y el hábito del trabajo en equipo.

e) Conocer y usar adecuadamente la lengua castellana en sus manifestaciones oral y escrita, así como adquirir hábitos de lectura.

f) Iniciarse en la resolución de problemas que requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos geométricos y estimaciones.

g) Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, la Geografía, la Historia y la Cultura.

h) Adquirir, en una lengua extranjera, la competencia comunicativa necesaria para desenvolverse en situaciones cotidianas.

i) Desarrollar el espíritu emprendedor, fomentando actitudes de confianza en uno mismo, sentido crítico, creatividad e iniciativa personal.

j) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.

k) Iniciarse en la valoración y en la producción estética de las diferentes manifestaciones artísticas, así como en la expresión plástica, rítmica y vocal.

l) Conocer el valor del propio cuerpo, el de la higiene y la salud y la práctica del deporte como medios más idóneos para el desarrollo personal y social.

m) Conocer y valorar la naturaleza y el entorno, y observar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado.

Artículo 5. Áreas.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 830/2003, de 27 de junio, por el que se establecen las enseñanzas comunes de la Educación Primaria, las áreas de la Educación Primaria serán las siguientes:

- Ciencias, Geografía e Historia.
- Educación Artística.
- Educación Física.
- Lengua castellana.
- Lengua extranjera.
- Matemáticas.
- Sociedad, Cultura y Religión.

Artículo 6. Elementos del currículo.

1. En el anexo I se definen los objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación, de las distintas áreas, que se estructuran secuenciados por ciclos y que constituyen el currículo de la Educación Primaria.

2. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá los horarios correspondientes a las diferentes áreas del nivel.

3. En los anexos II y III se establecen las directrices para la elaboración de los planes para la integración de las tecnologías de la información y la comunicación, así como para el tratamiento de la lectura y la comprensión lectora, que deberán desarrollarse en los currículos de las diferentes áreas.

Los objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación para el tratamiento de las tecnologías de la información y la comunicación, la comprensión lectora y el desarrollo de la expresión oral aparecen en las diferentes áreas del currículo que constituye el anexo I.

Artículo 7. Autonomía de los centros.

1. Los centros docentes, dentro del marco general que establezca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, elaborarán el proyecto educativo, en el que se fijarán los objetivos y las prioridades educativas, así como los procedimientos de actuación. Para la elaboración de dicho proyecto deberán tenerse en cuenta las características del centro y su entorno escolar, así como las necesidades educativas de los alumnos.

Los centros docentes desarrollarán el currículo aprobado en este real decreto mediante las programaciones didácticas. En ellas se tendrán en cuenta las necesidades y características de los alumnos.

2. En la Educación Primaria cada grupo de alumnos tendrá un maestro tutor, cuya actuación deberá coordinarse con la de los otros maestros, especialistas y de apoyo, del mismo grupo de alumnos.

En consonancia con la estructura de ciclo, deberá garantizarse la continuidad de los maestros tutores con un mismo grupo de alumnos a lo largo del ciclo.

3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte promoverá que los equipos directivos de los centros estimulen el trabajo en equipo de los maestros. Para ello organizarán equipos de coordinación que tomarán decisiones conjuntas sobre la práctica docente, teniendo muy presente la singularidad de cada uno de los ciclos de la Educación Primaria.

4. Los órganos de coordinación didáctica de los centros públicos docentes tendrán autonomía para elegir los libros de texto y demás materiales curriculares que hayan de usarse en cada ciclo y en cada área de este nivel educativo, siempre que se adapten al currículo normativamente establecido.

Todos los libros de texto y materiales curriculares que se adopten en cualquier tipo de centros deberán cumplir lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre.

5. Para desarrollar al máximo las capacidades, ampliar la formación y posibilitar mayores oportunidades a todos los alumnos, los centros docentes podrán ampliar el currículo, horario escolar y días lectivos, respetando, en todo caso, el currículo y calendario escolar establecidos por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

6. En virtud de su autonomía pedagógica, y de acuerdo con el procedimiento que establezca el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, los centros docentes podrán ofrecer proyectos educativos que refuercen y amplíen determinados aspectos del currículo. Estos proyectos estarán relacionados con los ámbitos lingüístico, humanístico, científico, tecnológico, artístico, deportivo y de las tecnologías de la información y la comunicación.

Los centros docentes que deseen ofrecer estos proyectos deberán solicitar la correspondiente autorización, en los términos que establezca el Ministerio de Educación Cultura y Deporte. Los centros que sean autorizados deberán incluir en su proyecto educativo la información necesaria con el fin de orientar a los alumnos y a sus padres.

Artículo 8. Evaluación.

1. La evaluación del aprendizaje de los alumnos será continua y formativa, y tendrá en cuenta el progreso de cada alumno en las distintas áreas. La escala de calificaciones será la que determina la Orden ECD/1923/2003, de 8 de julio, por la que se establecen los elementos básicos de los documentos de evaluación. La calificación negativa será «insuficiente» y las positivas «suficiente», «bien», «notable» y «sobresaliente».

2. En el proceso de evaluación de los alumnos los maestros tomarán como referencia los objetivos y los criterios de evaluación que se establecen en este real decreto y que los centros desarrollarán en las programaciones didácticas, de manera que se garantice que al finalizar la Educación Primaria los alumnos queden capacitados para incorporarse a la Educación Secundaria con garantías de éxito.

3. Los alumnos que hayan conseguido los objetivos correspondientes a un ciclo accederán al ciclo o nivel educativo siguiente.

4. Cuando un alumno no haya alcanzado los objetivos de un ciclo, podrá permanecer en él un año más. Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo de la Educación Primaria, será tomada por el tutor, asesorado por los demás maestros del alumno y exigirá la previa audiencia de los padres o tutores. Los equipos docentes fijarán criterios sobre el momento más idóneo, en cada caso, para adoptar esta medida, en atención a las circunstancias que concurran en los alumnos.

5. El profesorado evaluará su práctica docente, así como la adecuación de los procesos a las necesidades específicas de los alumnos. El equipo directivo y los órganos de coordinación didáctica promoverán la evaluación interna del centro, introducirán las medidas concretas que sean precisas y efectuarán el seguimiento de las mejoras introducidas.

Artículo 9. Medidas de apoyo.

1. Los centros prestarán especial atención a la identificación temprana de las dificultades de los alumnos, a su atención individualizada y al establecimiento de mecanismos de refuerzo para evitar el fracaso escolar.

Los alumnos que accedan al ciclo siguiente con evaluación negativa en alguna de las áreas recibirán los apoyos necesarios para su recuperación. Las actividades que se programen, así como su temporalización y la determinación del profesorado responsable de ellas, constarán en las programaciones didácticas correspondientes.

2. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá las medidas para que los centros den respuesta educativa adecuada a los alumnos con necesidades educativas específicas.

3. Los alumnos con necesidades educativas especiales que requieran la adecuación del presente currículo y determinados apoyos educativos tendrán una atención especializada con arreglo a los principios de no discriminación y normalización educativa desde el momento de la detección de sus necesidades. Podrán ser escolarizados en función de sus características en grupos ordinarios, en aulas especializadas en centros ordinarios, en centros de educación especial o en escolarización combinada.

Artículo 10. Calendario.

1. En la Educación Primaria, el calendario escolar comprenderá un mínimo de 175 días lectivos. En ningún caso el inicio del curso escolar se producirá antes del 1 de septiembre ni el final después del 30 de junio.

2. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá el calendario anual, así como los criterios para la organización de la jornada escolar, que deberán observar los centros en este nivel educativo.

Artículo 11. Coordinación con la Educación Secundaria Obligatoria.

Para facilitar la continuidad del proceso educativo de los alumnos en la Educación Secundaria Obligatoria, los centros de Educación Primaria y aquellos centros de Educación Secundaria a que estén adscritos deberán establecer mecanismos eficaces de coordinación, especialmente en el tercer ciclo del nivel. La coordinación velará por la adecuada progresión de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación, así como por la transmisión de información educativa en el cambio de centro al acabar el nivel de Educación Primaria.

Disposición adicional primera. Área de Sociedad, Cultura y Religión.

1. El área de Sociedad, Cultura y Religión comprenderá dos opciones: una, de carácter confesional, acorde con la confesión por la que opten los padres o tutores, entre aquellas respecto de cuya enseñanza el Estado tenga suscritos acuerdos; otra, no confesional. Ambas opciones serán de oferta obligatoria por los centros.

2. La enseñanza confesional de la Religión se ajustará a lo establecido en el Acuerdo sobre enseñanza y asuntos culturales suscrito entre la Santa Sede y el Estado español y, en su caso, a lo dispuesto en aquellos otros suscritos o que pudieran suscribirse con otras confesiones religiosas.

3. El currículo de la opción no confesional figura en el anexo I.

4. Tanto la determinación del currículo de la opción confesional como las decisiones sobre utilización de libros de texto y materiales didácticos y, en su caso, su supervisión y aprobación corresponden a las autoridades religiosas respectivas, de acuerdo con lo que establece el Real Decreto 830/2003, de 27 de junio, en el apartado 3 de su disposición adicional primera, y sin perjuicio de lo previsto en el segundo párrafo del artículo 7.4 de este real decreto.

5. Según lo dispuesto en el artículo 3.1 y en el primer inciso del artículo 3.2 del Real Decreto 2438/1994, de 16 de diciembre, por el que se regula la enseñanza de la Religión, los padres o tutores de los alumnos manifestarán voluntariamente su deseo de cursar la opción confesional de su elección al formalizar la matrícula de primer curso de la Educación Primaria o en la primera inscripción del alumno en el centro. Esta decisión podrá modificarse al comienzo de cada curso escolar. La opción no confesional será obligatoria para los alumnos que no cursen la opción confesional.

Disposición adicional segunda. Incorporación de alumnos de sistemas educativos extranjeros.

1. La incorporación de alumnos procedentes de sistemas educativos extranjeros a cualquiera de los ciclos que integran la Educación Primaria se realizará teniendo como referente su edad y su competencia curricular, mediante el procedimiento que determine el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

2. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte adoptará medidas que contribuyan a la eficaz integración, en el sistema educativo español, de alumnos procedentes de otros sistemas educativos. Se realizará el seguimiento del desarrollo de los programas específicos de aprendizaje que se establezcan para que aquellos alumnos que desconozcan la lengua y cultura españolas que presenten graves carencias en conocimientos básicos puedan normalizar su escolarización.

Disposición adicional tercera. Flexibilización del período de escolarización.

1. Cuando un alumno haya sido identificado como superdotado intelectualmente, se podrá flexibilizar la duración de su período de escolarización en este nivel educativo, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Real Decreto 943/2003, de 18 de julio.

2. Asimismo, de manera excepcional, podrá autorizarse la flexibilización del período de escolarización a los alumnos con necesidades educativas especiales según lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de la Calidad de la Educación.

3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte determinará el procedimiento y los criterios que se aplicarán para la flexibilización del período escolar.

Disposición adicional cuarta. Evaluación general de diagnóstico.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte fijará el procedimiento y los criterios para la aplicación de las pruebas de evaluación general de diagnóstico en la Educación Primaria, así como las normas para hacer efectivas sus finalidades, de acuerdo con la normativa que las regule con carácter básico.

Disposición adicional quinta. Adaptación del currículo para los centros en el exterior.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá adaptar este currículo a las necesidades específicas de los centros en que se imparten las enseñanzas de Educación Primaria en el exterior, al amparo del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, sin modificar las enseñanzas comunes.

Disposición adicional sexta. Adaptación para la educación a distancia y as enseñanzas de adultos.

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte adecuará la organización de las enseñanzas de este nivel a las peculiares características de la educación a distancia y de la educación de adultos.

Disposición transitoria única. Implantación.

La implantación de las enseñanzas de la Educación Primaria establecidas en la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, y la extinción simultánea de las correspondientes a la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, se efectuarán según el calendario previsto en el Real Decreto 827/2003 de 27 de junio.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

1. En la medida en que se vaya realizando la implantación de las nuevas enseñanzas de la Educación Primaria, quedará sin efecto el contenido del Real Decreto 1334/1991, de 6 de septiembre, por el que se estableció el currículo de este nivel.

2. Quedan derogadas las demás normas de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en este real decreto.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

El Ministro de Educación, Cultura y Deporte dictará cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid, a 23 de enero de 2004.

JUAN CARLOS R.
La Ministra de Educación, Cultura y Deporte,
PILAR DEL CASTILLO VERA

ANEXO I
EDUCACIÓN PRIMARIA

(...)

SOCIEDAD, CULTURA Y RELIGIÓN

Introducción

A lo largo de las últimas décadas se han ido produciendo cambios notables en la sociedad española que afectan al fenómeno religioso. En primer lugar, la sociedad española se configura cada vez más, no sólo como una sociedad multicultural, sino también multirreligiosa: este hecho se debe tanto al intercambio de personas y bienes culturales con otros países de la Unión Europea de tradición no católica, como al creciente fenómeno de la inmigración. Por otra parte, el acercamiento razonado a las religiones en cuanto a hechos de la civilización se perfila cada vez más como una necesidad para evitar el desarraigo cultural de las nuevas generaciones, e incluso como una pieza clave para entender buena parte de los acontecimientos y de las manifestaciones culturales de nuestro tiempo.

Asimismo, la sociedad de la comunicación y la cooperación mundial hacen que se multipliquen cada vez más los contactos entre personas de diferentes culturas y religiones, cuyo conocimiento y confianza mutuos requieren entender las bases religiosas que cimientan su personalidad o su idiosincrasia.

Por otra parte, la escuela es hoy considerada como parte del espacio público, en el que la sociedad pone en común, comparte y debate los elementos de las diferentes cosmovisiones y valores presentes en ella. En este sentido, la enseñanza escolar de la religión está llamada a desempeñar un importante papel en la integración de la sociedad multirreligiosa. Y ello por dos razones: en primer lugar, porque la escuela se convierte de este modo en espacio idóneo para la convivencia y la comunicación; y, en segundo lugar, por las actitudes de acercamiento mutuo, comprensión y análisis selectivo que cada alumno debe ejercitar en la escuela.

En consecuencia, el área de Sociedad, Cultura y Religión deberá contribuir de forma activa y específica, tanto a la adquisición de las nociones básicas de la cultura, entre las que se encuentran concepciones religiosas, como a la creación de hábitos de convivencia e intercambio productivo entre personas que poseen diferentes creencias e ideologías.

Asimismo, si se tiene en cuenta que la mayoría de las expresiones religiosas corresponden a transmisiones orales o escritas de alto contenido literario, la importancia que la lectura de los documentos que contienen las leyendas, narraciones, discursos doctrinales o poesía religiosa augura una notable contribución al desarrollo de la habilidad y el interés del alumno por la lectura. Y, finalmente, dado el interés que los medios de comunicación han tenido en la reconstrucción y conservación del patrimonio religioso de la Humanidad, al menos en sus mejores manifestaciones, el acceso a las mismas no podrá realizarse sin el auxilio de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, manejadas por el alumno como instrumento permanente de búsqueda.

Los contenidos del área de Sociedad, Cultura y Religión en el primer ciclo de la Educación Primaria se centrarán en aquellos elementos que, por una parte, constituyan la base sobre la que construir el conocimiento de lo religioso, y por otra, responden a las posibilidades de percepción y capacidades operatorias de los alumnos de esta edad. De ahí que los contenidos se centren en el descubrimiento del factor fundamental del universo religioso: el espacio y el tiempo sagrados y sus signos de identificación. Y, por otro lado, el aprendizaje debe circunscribirse a la localización y descripción más elemental de cada uno de los elementos que se proponen en el programa: la observación de los mismos, su descripción externa, su nombre, las acciones que allí o entonces tienen lugar, su utilidad, ...

Las capacidades operatorias del niño de segundo ciclo hacen de esta una etapa de madurez narrativa. Ello es fruto de la madurez en su capacidad de síntesis. Ello permite, por un lado, acercar al niño tanto a las expresiones más elementales de la experiencia religiosa (mitos y acciones rituales), como a los sistemas morales y de creencias elementales específicos de la religión. Todo ello, teniendo como base la experiencia y el testimonio de las vivencias básicas de los grandes hombres religiosos de la Humanidad.

La capacidad para las operaciones formales permiten al alumno del tercer ciclo de Educación Primaria adquirir una síntesis elemental de los principales sistemas religiosos que han determinado, de alguna manera, la evolución de la historia humana. En consecuencia, se trata de que, junto a esa síntesis elemental, el alumno adquiera unos datos básicos acerca de la influencia de los sistemas religiosos y morales en el desarrollo social y cultural de los pueblos en los que han estado vigentes.

Desde el punto de vista metodológico se deberán tener en cuenta las siguientes orientaciones:

El objeto del aprendizaje no es sólo el mensaje religioso o el contenido de las creencias y las normas morales, sino la totalidad de la realidad religiosa, es decir, debe incluirse también el conjunto de manifestaciones, acontecimientos, hechos de todo tipo, personas ...

Ello supone programaciones que partan del conocimiento globalizado de lo religioso y se encaminen hacia un conocimiento diferenciado de los distintos elementos de la realidad religiosa. Asimismo, se presentarán programas que, partiendo de la percepción sensorial de los significantes religiosos, avancen hacia la conceptualización y sistematización de la totalidad de los contenidos religiosos.

La elaboración de proyectos de búsqueda y contraste adquiere en esta área una particular relevancia, dado que el aprendizaje del diálogo e intercambio de propuestas entre los componentes del grupo constituye uno de los objetivos primordiales del área. El profesor promoverá el diálogo, siendo su tarea fundamental organizar la búsqueda de información para su intercambio entre los alumnos, lejos de cualquier tipo de proselitismo.

Objetivos:

1. Reconocer e identificar las referencias religiosas presentes en estructuras y comportamientos sociales, y en las experiencias culturales y artísticas más significativas.

2. Descubrir el hecho religioso a través del estudio de la historia de las principales religiones.

3. Valorar los sistemas éticos propuestos por las diferentes religiones y las consecuencias que han tenido en la vida de las sociedades en que estuvieron o están vigentes.

4. Conocer y evaluar las respuestas más elementales (mitos, leyendas, modelos) con las que las religiones han respondido a las preguntas que, en todos los tiempos, la Humanidad se ha planteado sobre el origen del mundo, el origen de la vida, la existencia del mal, la muerte ... Conocer algunas manifestaciones sociales y culturales de los distintos pueblos, inspiradas en estas repuestas de la religión.

5. Mantener una actitud de tolerancia y respeto ante las diferencias religiosas.

6. Saber dialogar con personas que posean religiones diferentes a la propia.

7. Analizar los valores culturales, estéticos, sociales y éticos presentes en las manifestaciones de la religión, tanto a lo largo de la historia como en la actualidad.

8. Conocer las creencias, signos y valores de las religiones y su incidencia en la historia y la sociedad.

9. Valorar la importancia pasada y presente de la tolerancia y la libertad religiosas para la convivencia política pacífica y libre, así como para el desarrollo intelectual, científico y cultural de los pueblos.

10. Desarrollar estrategias de comprensión lectora aplicables a los textos y vocabulario propios del área.

11. Utilizar las Tecnologías de la Información y la Comunicación como instrumento de trabajo y aprendizaje.

Primer ciclo

Contenidos

I. Los espacios de la religión.
1. Los lugares del culto en la antigüedad y en la actualidad. Lugares de reunión y encuentro de las personas religiosas hoy (la iglesia, la sinagoga, la mezquita y la pagoda) o en la antigüedad (templos de Grecia y Roma, pirámides aztecas o mayas, monumentos del neolítico).
2. Lugares universales de peregrinación y reunión. Lugares de peregrinación y reunión universales: los «Santos lugares», de los cristianos; el Muro de las lamentaciones, de los judíos; la Meca, de los musulmanes; el Ganges en Benarés, de los hindúes...

II. El calendario y las fiestas religiosas.
1. Las fiestas religiosas de cada semana. El sábado judío, el domingo cristiano, el viernes de los musulmanes ...
2. Las fiestas de cada año. La Pascua judía, la Pascua y la Navidad cristianas, la fiesta del año nuevo en diferentes religiones.
3. Los períodos santos. La Cuaresma cristiana, el Ramadán de los musulmanes, los cincuenta días de Pentecostés ...

III. Ritos y cultos.
1. La oración y la música.
2. Los ritos y sus formas. Los ritos y la vida diaria, ritos para la vida y el nacimiento, ritos de pertenencia, ritos para la muerte.
3. Actitudes religiosas de las personas: respeto y adoración.

IV. Las imágenes y el arte religioso.
1. Símbolos de las religiones más importantes.
La estrella de David, la cruz, la media luna, el yin-yan, el indalo.
2. La representación de los dioses griegos y romanos. Cibeles, Neptuno, Cupido, Eolo, Zeus o Júpiter.
3. Las representaciones religiosas más frecuentes del entorno.

V. Los libros sagrados de las religiones.
1. La Biblia, el Evangelio y el Corán.
2. Los libros sagrados de las religiones orientales.

Criterios de evaluación:

1. Identificar determinados edificios como lugares sagrados; indicar los grupos religiosos a los que pertenecen y describir sus principales características.

2. Conocer las principales fiestas religiosas que se celebran en su entorno o que aparecen en los medios de comunicación.

3. Identificar los ritos religiosos más importantes de las religiones de su entorno.

4. Identificar imágenes y nombres de las representaciones más habituales en el entorno cultural que representan signos, personajes o divinidades de diferentes religiones.

5. Reconocer los signos externos de las diferentes religiones de su entorno.

6. Identificar alguna de las conductas morales básicas de las religiones del entorno.

7. Comprender textos relacionados con el mundo de la religión, con vocabulario propio del área.

8. Saber utilizar las tecnologías de la información y la comunicación para realizar alguna actividad o proyecto relacionado con el área.

Segundo ciclo

Contenidos

I. El nacimiento de las grandes religiones.
1. Los grandes maestros y profetas de la tradición religiosa oriental. Buda y la renovación del hinduismo. Confucio y la moral de China. Lao Tsé y el taoísmo.
2. Los fundadores de las grandes religiones del Mediterráneo: Moisés, Jesús y Mahoma. La historia de Abraham, el padre de los creyentes. Moisés y la religión judía. Jesús y el cristianismo. Mahoma y el Islam.

II. Mitos y leyendas religiosas de la Humanidad.
1. Mitos y leyendas sobre el origen del mundo y de la vida. Mitos y leyendas sobre el origen del hombre, de la vida, del mundo, de la existencia del mal, de la otra vida y del fin del mundo.
2. Mitos y leyendas sobre dioses y héroes: en la religión mesopotámica, en Egipto, en Grecia, en Roma y en las religiones incaicas, aztecas y mayas.

III. Mapa de las religiones en el mundo y las culturas de hoy.
1. El mapa de las religiones antiguas: su lugar de origen, sus áreas de influencia. Vestigios de religiones antiguas desaparecidas (Egipto, Grecia, Roma).
2. Origen y áreas de influencia de las religiones en la actualidad: las religiones orientales; el Judaísmo; el Cristianismo y el Islam.
3. El cristianismo. Sus grupos (católicos, ortodoxos, protestantes) y sus áreas de influencia (Europa, América del Norte y Latinoamérica).
4. Las religiones orientales. Su área de influencia en Asia y Oceanía.
5. El Islam. Su área de influencia en África, Europa oriental mediterránea, Asia y Oceanía.
6. El judaísmo. Entre la diáspora y la tierra prometida.

IV. El arte religioso en el mundo.
1. Vestigios del arte religioso en el mundo antiguo.
2. Las obras más significativas del arte de las religiones monoteístas.

Criterios de evaluación:

1. Identificar a los fundadores de las principales religiones, conociendo los rasgos y hechos más importantes de su vida en relación con la iniciativa religiosa protagonizada, y situándolos en su contexto cultural y social.

2. Conocer los principales mitos y leyendas religiosos.

3. Conocer el significado de una leyenda como respuesta a alguna de las grandes preguntas formulada por la humanidad.

4. Reconocer las figuras que, en las expresiones plásticas del entorno o presentadas por los medios de comunicación, representen a personajes de la mitología, la hagiografía o la leyenda religiosa.

5. Localizar las religiones dominantes en los diferentes países y proponer algún rasgo de la sociedad la cultura del país, referidos a la religión.

6. Conocer las principales manifestaciones del arte religioso.

7. Comprender textos relacionados con el mundo de la religión, con vocabulario propio del área.

8. Saber utilizar las Tecnologías de la Comunicación y la Información para obtener, recoger y organizar información para realizar alguna actividad o proyecto relacionado con el área.

Tercer ciclo

Contenidos

I. Religiones de la antigüedad.
1. Las religiones en Mesopotámica y Egipto. Los dioses y sus imágenes; el culto a los muertos y sus lugares de descanso; el dios Faraón.
2. La religión de los griegos y la religión de los romanos. Los dioses del Monte Olimpo, imágenes y templos, las Olimpiadas. El panteón romano, la ley romana (Derecho), el cristianismo en Roma.

II. Religiones orientales.
1. Hinduismo y budismo. Creencias, ritos y moral del hinduismo y del budismo. La organización de la sociedad hindú basada en la Religión. Algunas expresiones del arte religioso hindú en relación con las creencias.
2. El sistema ético de Confucio en la sociedad china. El Taoísmo.

III. Las religiones actuales.
1. El Judaísmo. El Dios único y la Torah. La conciencia de «pueblo» en el judaísmo histórico y el actual. La cultura de la Palabra.
2. El Cristianismo. El Credo cristiano. La Moral cristiana: el Mandamiento nuevo y su incidencia histórica. La cultura y el arte cristiano en la sociedad occidental.
3. El Islam. Los cinco pilares del Islam. El Islam en la historia de occidente. El fundamentalismo islámico actual. El arte religioso islámico.

IV. Las constantes de lo religioso.
1. La persona, la trascendencia y las mediaciones, estructura básica de toda religión.
2 La expresión de lo religioso en el arte y la cultura, en la organización social y en los hechos de la historia, característica de todas las religiones.

Criterios de evaluación:

1. Identificar la religión a la que pertenecen los enunciados de determinadas creencias, ritos u opciones morales.

2. Establecer relaciones entre las creencias y los principios éticos y morales de las religiones que el alumno conoce.

3. Reconocer las semejanzas y diferencias que existen entre sus creencias religiosas y opciones morales, y los que presentan las distintas religiones que el alumno conoce.

4. Identificar el origen religioso de algunas actuaciones o hechos sociales, o de algunas manifestaciones de la cultura y el arte.

5. Reconocer en las manifestaciones de las diferentes religiones las constantes que caracterizan todo hecho religioso.

6. Comprender textos relacionados con el mundo de la religión, con vocabulario propio del área.

7. Saber utilizar las Tecnologías de la Información y la Comunicación para localizar información y elaborar un trabajo o proyecto relacionado con el área en grupo.