1.
Los 12 créditos del período de investigación
pueden obtenerse a través de diversos cauces:
- 1.1. Trabajo o trabajos de investigación expuestos en defensa pública ante una Comisión
designada en cada caso al efecto. En caso de que sea uno sólo
el trabajo, deberá tener una extensión en torno
a 175.000 caracteres; la Comisión calificará
el trabajo según prevé la Instrucción
sobre los Estudios de Doctorado y le otorgará entre
6 y 12 créditos.
Entre dichos trabajos cabe tener en cuenta la Tesis de Master,
siempre que su presentación nos sea un requisito indispensable
para la admisión en el Programa de Doctorado. Si cumple
el criterio anterior, se podrán otorgar como máximo
12 créditos por la Tesis de Master.
Si el alumno lo solicita a la Facultad en las condiciones
establecidas, el Trabajo de Investigación puede presentarse
como Tesis de Grado de Licenciatura, sin que por ello varíe
el número de créditos que cabe otorgar.
- 1.2. Artículos presentados
y aceptados –preferiblemente publicados- por
revistas científicas españolas y extranjeras.
Por este concepto podrá obtenerse un máximo
de 12 créditos. La Comisión tomará en
consideración el número de artículos
presentados, su extensión y calidad científica,
así como la revista en la que hayan sido publicados
y su vinculación con el área de investigación
del doctorado.
- 1.3. Comunicaciones presentadas
y aceptadas –preferiblemente ya leídas-
en Congresos científicos nacionales e internacionales.
Según el número, extensión y calidad,
así como la importancia del Congreso al que hayan sido
presentados y su vinculación con el área de
investigación del doctorando, podrá obtenerse
hasta un máximo de 4 créditos.
- 1.4. Otros trabajos de
investigación, publicados o sin publicar (incluida
la Tesis de Master).
La valoración en créditos por parte de la Comisión
es discrecional. Los criterios de valoración deberán
ser, en todo caso, coherentes con las valoraciones de los
anteriores apartados.
2. Por lo que se refiere al punto 1.3., excepcionalmente,
la Comisión podrá conceder un número de
créditos superior al previsto, cuando lo considere oportuno.
En tal caso, remitirá por escrito a la Dirección
del Programa un breve informe razonando su decisión.
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