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Comentarios al Código de Ética y Deontología Médica

Artículo 17.2. En el ejercicio de la Medicina en equipo, cada médico es reponsable de la totalidad del secreto. Los directivos de la institución tienen el deber de poner todos los medios necesarios para que esto sea posible.

El ejercicio de la Medicina en equipo hace conveniente, y aun necesario, custodiar las historias clínicas en un archivo central. Es lo que suele ocurrir en hospitales, clínicas y ambulatorios. Cuando es necesario, se retira del archivo la documentación clínica, que queda disponible para ser examinada por los médicos que participan en la asistencia de un mismo paciente.

Cada médico es entonces responsable de la totalidad del secreto. Esta norma manifiesta el especial cuidado con que se ha de preservar la confidencialidad y en las complejas condiciones de la Medicina en equipo, tanto en la asistencia como en la investigación clínica o en la epidemiología. El trabajo en equipo o en el hospital no autoriza a desentenderse del secreto.

Los médicos deberán exigir de quienes dirigen el hospital que se implanten sistemas físicos y reglas funcionales de seguridad para la custodia, acceso y circulación de las historias. Retirar historias del archivo es prerrogativa de personas concretas, no atributo anónimo de un grupo.

Es deber de los directores de las instituciones de cuidados médicos establecer un procedimiento disciplinar interno para sancionar las infracciones sobre la materia, lo mismo que organizar una separación muy estricta entre documentación clínica, que se usará solamente por médicos en la asistencia a los pacientes, y documentación administrativa, que podrá ser creada y analizada por personal no médico. Nunca la historia clínica podrá usarse como instrumento de control contable o laboral.


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