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Comentarios al Código de Ética y Deontología Médica

Artículo 8.2. El médico actuará siempre con corrección, respetando con delicadeza la intimidad de su paciente.

Tiene una larga tradición la obligación del trato delicado. Aparece ya en las cláusulas del Juramento hipocrático ("Ejerceré siempre mi arte con pureza y santidad" y "En cualquier casa en que entrare... me abstendré de toda injusticia o engaño, y de acciones eróticas sobre los cuerpos de hombres o mujeres, libres o esclavos").

1. La primera manifestación del trato correcto del médico es ser comprensivo. El buen médico debe tener una tolerancia muy amplia hacia sus enfermos, pues algunas dolencias trastornan, muy profundamente a veces, el carácter de los pacientes, que se vuelven impertinentes, farragosos, agresivos o desconfiados. La ilimitada capacidad de desobediencia que algunos enfermos muestran hacia las órdenes del médico, o su huida hacia formas marginales o folclóricas de tratamiento, pueden llegar a agotar la paciencia del médico. El médico debe armarse entonces de mucha comprensión y capacidad de disculpa. Y cuando ya no pueda ceder más, porque la salud del enfermo o la dignidad de la Medicina así lo requieren, procurará, con firmeza y sin herir, mostrar a sus pacientes cuáles son las condiciones mínimas que les impone para seguir atendiéndoles.

2. No es necesario repetir aquí lo dicho, al comentar el artículo 4.1, sobre los contenidos del respeto deontológico. El médico está obligado a tratar educadamente a sus enfermos, cumpliendo con las normas y costumbres que, en cada momento y en cada sociedad, expresan el respeto mutuo. Las manifestaciones de la corrección médica son múltiples. Unas, aunque materiales, son importantes: la dignidad y limpieza del consultorio (ver artículo 14), el cumplimiento puntual del horario de las visitas o consultas (ver artículo 4), el modo de vestir y de cuidar las apariencias. Otras son más personales o varían en relación con tradiciones locales, con la edad del médico y la del paciente, la existencia de relaciones extraprofesionales de amistad o parentesco. Tratarse de usted o tutearse, llamarse por el nombre de pila o por el apellido, son detalles de relieve, pues manifiestan la noción que uno tiene del otro. Forma parte importante de este deber de educación correcta contestar a las preguntas del paciente y responder a sus llamadas telefónicas o a sus cartas.

3. De modo especial, el médico ha de respetar la intimidad de su paciente. El médico no puede invadir en vano el mundo íntimo, privado, de su paciente. No puede abusar de la confianza que el paciente deposita en él para entrar a saco en su biografía personal y convertir la anamnesis en ocasión de satisfacer una curiosidad morbosa. Es inético utilizar la consulta para sonsacar del paciente información sobre sus zozobras y flaquezas, sus conflictos familiares, empre-sArial,Helveticaes o económicos, o sus problemas sexuales, cuando todo ello es irrelevante para la orientación médica del caso. Y es gravemente imprudente registrar esa información por escrito.

La inviolabilidad del mundo privado personal y familiar no es sólo uno de los derechos fundamentales de la persona, garantizado por el artículo 18.1 de la Constitución, sino que concuerda también con el precepto deontológico de no hacer daño. Una sola razón autoriza al médico a acceder a la intimidad del paciente: conocerla para diagnosticarle y tratarle con competencia profesional y con sensibilidad humana (ver el artículo 8.1). Es aquí de plena aplicación el principio ético de la parsimonia, es decir, la regla de limitarse a hacer todo y sólo lo que es necesario. La idea está muy bien expresada en el artículo 9 del Código de Deontología francés: "En la medida compatible con la eficacia de sus cuidados, y sin descuidar su deber de asistencia moral, el médico debe limitar sus prescripciones y sus acciones a lo que es necesario". Hay pacientes desinhibidos, exhibicionistas, que quieren aprovechar el encuentro con el médico para relatar historias y chismes médicamente irrelevantes: hay que hacerles callar.

4. Hay también una obligación deontológica de respetar el cuerpo de la persona enferma que figura en todos los Códigos deontológicos modernos. En tiempos recientes, se han enriquecido de modo extraordinario la filosofía y la teología de la corporalidad humana, con la consecuencia de que el cuerpo humano se ha revalorizado como substrato y símbolo de la persona.

El respeto a la persona y a su cuerpo adquiere en la relación médico-enfermo una significación muy particular e impone unas cautelas específicas. Mientras dura la exploración física o cualquier otra intervención diagnóstica o terapéutica, el paciente abdica de su dominio personal sobre su cuerpo y se aviene a convertirlo en un objeto sobre el que el médico aplica sus gestos profesionales. En el acto de desnudarse, el paciente manifesta su transitoria renuncia a la dignidad humana y acepta que el médico lo convierta en una realidad objetiva que es evaluada científicamente. Es obvio que de este trato se excluye toda intención erótica: la inspección visual del médico nunca es un ejercicio de voyeurismo, ni la palpación tiene nada que ver con la caricia. El paciente no ofrece su cuerpo para la gratificación erótica del médico, ni el médico puede aprovechar la situación para abusar sexualmente de su paciente. Y la razón de ello no radica sólo en la prohibición moral general de abstenerse de relaciones sexuales ilícitas: en el contexto de la relación médico-enfermo, cualquier abuso erótico del médico sobre el cuerpo de su paciente es, además de una impúdica indecencia, una grave injusticia. Siempre, en el acto de exploración física del enfermo y como medida de precaución, debe estar presente una tercera persona (una enfermera, otro médico, un familiar del paciente), para cumplir con la norma de elemental prudencia de evitar situaciones enojosas: el médico está obligado a protegerse contra sus propias debilidades y contra las fantasías o la malevolencia de algunos pacientes. Esa precaución es más necesaria en algunas situaciones como son la exploración genital, la consulta psiquiátrica cuando la intensidad de la relación terapéutica pueda activar deseos o necesidades sexuales, o cuando se hayan observado signos de insinuación sexual por parte del o de la paciente. En efecto, el paciente puede aprovechar las circunstancias particulares de la consulta o la visita del médico para inducirle a una relación sexual. La norma deontológica de abstenerse de relaciones sexuales con los pacientes es absoluta. La condena firme de tal corrupción se hace tanto por razones éticas como por razones estrictamente profesionales, cual es el deterioro de la calidad asistencial que se produce en esa situación falsificadora de los fines de la Medicina.

La obligación de respetar el cuerpo es tanto mayor cuanto más inerme es el paciente. Si el paciente es incapaz de cuidar de sí mismo, como cuando, por ejemplo, está bajo los efectos de la anestesia general, yace inconsciente en una unidad de cuidados intensivos, o no puede moverse en la cama, la obligación de respetarle se extiende y se agudiza. El respeto no sólo obliga entonces a proteger su pudor, sino que también ha de tutelarse su integridad corporal. Las úlceras de decúbito o los dolores derivados de la mala posición de partes del cuerpo durante la anestesia son un índice claro de poco respeto por el cuerpo.

5. Hay también un deber de no entrometerse en la esfera íntima de los asuntos familiares o sociales del paciente. La mucha confianza depositada por un paciente o por una familia entera en su médico puede llevarles a convertirle en su consejero en cuestiones que, con frecuencia, nada tienen que ver con la competencia profesional específica que da el estudio y la práctica de la Medicina. Puede entonces el médico verse desempeñando dos funciones diferentes: la de médico, por una parte, y la de amigo y consejero familiar, por otra. Nada hay que objetar a ello, si el médico cuida de mantener una estricta separación entre esas dos funciones, de modo que siempre uno y otros puedan distinguir cuándo está actuando como médico y cuándo lo hace como amigo.

La prohibición de inmiscuirse en asuntos familiares y profesionales incluye dos tipos de acciones. Por un lado, el médico debe abstenerse de instrumentalizar la confianza de que goza para tomar partido en los conflictos de familia, interponiendo su influencia para ventaja de unos y perjuicio de otros, especialmente si para ello aduce razones, o sinrazones, médicas. Por otra parte, debe abstenerse de indagar, por curiosidad gratuita o malsana, para obtener información que podría utilizar en ventaja propia, en los asuntos familiares o profesionales de su paciente.


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