Por una ciencia al servicio de la vida
humana
Creación: Conferencia Episcopal Española,
Comité ejecutivo
Fuente: Conferencia Episcopal Española
Lengua original: Español
Copyright: Conferencia Episcopal Española
Publicación: 25 de mayo de 2004
Comprobado el 3 de junio de 2004
Por una ciencia al servicio de la vida
humana
El Gobierno anuncia una nueva reforma de la Ley de
Reproducción (33/1988) y, mientras tanto, una
revisión inmediata y práctica de la reciente reforma
de esa misma ley, aprobada en noviembre del año pasado
(45/2003). Sobre esta última reforma versó ya nuestra
Nota del 25 de julio de 2003, titulada Una reforma para mejor,
pero muy insuficiente. Ahora, al tiempo que expresamos nuestra
confianza en la ciencia y en la medicina, manifestamos
también las graves preocupaciones que suscitan determinadas
prácticas y propuestas.
1. La ciencia y la técnica son siempre bienvenidas cuando
se ponen realmente al servicio de la vida. La Iglesia saluda los
avances médicos que han hecho posible el diagnóstico
y la curación de enfermedades desconocidas o incurables.
Este progreso merecerá realmente tal nombre y no se
volverá contra el ser humano, sólo si se respeta
plenamente la dignidad inviolable de todos los seres humanos en
cualquier momento de su desarrollo y de su vida.
En las tres últimas décadas han sido muy notables
los adelantos realizados en el conocimiento de la biología
de la reproducción y en sus aplicaciones. También en
el campo de la genética se han abierto nuevos e
insospechados horizontes para la prevención y la
curación. Pero, sin desconocer los esfuerzos loables de
muchos profesionales de la medicina y del derecho, hemos de decir
asimismo que algunas técnicas y leyes permiten que se trate
a los seres humanos como si fueran cosas o animales que se pueden
producir, manipular o incluso comercializar. Ciertas novedades
llamativas, más espectaculares que realmente curativas,
pueden hacer olvidar algo de vital importancia: que las personas no
deben ser producidas o reproducidas en los laboratorios, sino
procreadas en la unión interpersonal de los esposos. Puesto
que todas las personas tenemos básicamente la misma dignidad
y los mismos derechos, nadie puede abusar de su prepotencia para
producir a sus semejantes, traídos a la existencia y, a
veces, incluso diseñados y seleccionados entre otros para
ser utilizados según determinados intereses. Como personas
que son, los hijos tienen derecho a venir al mundo como fruto de la
relación fecunda de sus padres, sin que ésta sea
suplantada por ninguna técnica productiva e impersonal.
Sólo así se salvaguarda adecuadamente el
carácter personal de relaciones humanas tan fundamentales
como son las vinculaciones familiares de paternidad /maternidad,
filiación y fraternidad. Si éstas se deterioran o
suprimen, la sociedad no podrá ser verdaderamente humana y
solidaria.
Cuando se permite y comete la injusticia fundamental de tratar a
los seres humanos incipientes como si fueran objetos o animales, la
lógica de la eficacia productiva prima fácilmente
sobre el respeto a la dignidad humana y entonces el campo queda
abierto para toda una serie de otras graves injusticias. Se
producen miles de embriones llamados "sobrantes" que o bien se
desechan directamente en prácticas eugenésicas y
abortivas, o bien son congelados y entregados a un destino
incierto; se alteran las relaciones familiares acudiendo a donantes
de gametos ajenos al matrimonio; se condena a algunos niños
a nacer sin familia, ya que puede ser una persona sola la que los
encargue al laboratorio; y a muchos hijos se les impide conocer a
sus padres, pues se establece el anonimato de los donantes de
gametos. Todo esto está permitido y regulado por la vigente
Ley de Reproducción (35/1988), que, por tanto, ha de ser
calificada como injusta.
Un ejemplo de ciencia puesta al servicio de la vida humana es el
de los nuevos tratamientos que ya se están aplicando en
España, gracias a la investigación con células
madre procedentes de tejidos de adultos. Ésas son
auténticas terapias: las que curan sin dañar ni
eliminar la vida de nadie.
2. La acumulación de miles de embriones humanos
congelados en los centros de reproducción ha llegado a
constituir un verdadero problema práctico, además de
una gravísima cuestión ética. La Ley 45/2003,
al introducir un límite en el número de fecundaciones
y transferencias por ciclo, pretende salir al paso tanto de los
embarazos múltiples como de la acumulación de
embriones sobrantes en el futuro. Establece, además, que los
embriones que se produzcan no podrán ser utilizados
más que para la reproducción. Estas disposiciones -
aun tratándose de una reforma muy insuficiente que no
subsana la injusticia fundamental de la Ley de Reproducción
- ponen de manifiesto una voluntad de proteger al embrión
humano, pues se limitan los atentados contra su vida que se
venían produciendo; se trata de evitar que la
congelación de embriones sea un procedimiento habitual
conducente a su acumulación, y se excluye su
utilización como objeto experimental. En este contexto, la
Ley 45/2003 abre la posibilidad de proceder a la
descongelación de los embriones acumulados hasta ahora y a
su eventual utilización para la investigación con
determinadas condiciones, entre la cuales es muy importante la que
prohíbe la reanimación de los embriones
descongelados. De este modo parece que se pretende posibilitar la
obtención de células madre a partir de embriones
actualmente congelados a los que previamente se habría
dejado morir en la descongelación. En la mencionada Nota del
25 de julio de 2003 hemos recordado los elementos fundamentales del
juicio ético acerca de este procedimiento. Uno de esos
elementos será comprobar que no existe complicidad entre
quienes descongelan los embriones y quienes los han producido y
congelado.
3. Fuentes gubernamentales han anunciado que se procederá
inmediatamente a eliminar en la práctica toda
limitación legal de las fecundaciones y transferencias por
la vía de la introducción de un protocolo de
excepciones generalizadas. Por otro lado, diversas actuaciones y
declaraciones gubernamentales hacen pensar que se va a desproteger
casi del todo al embrión humano con el fin de convertirlo en
material de investigación, incluso a costa de quitarle la
vida, y no se excluye con la claridad requerida ni siquiera el
recurso a la llamada clonación terapéutica. Esta
situación suscita graves preocupaciones. Por evidentes
razones de humanidad, declaramos al respecto lo siguiente:
-
3.1. "El embrión humano merece el respeto debido a la
persona humana. No es una cosa ni un mero agregado de
células vivas, sino el primer estadio de la existencia de un
ser humano. Todos hemos sido también embriones. Por tanto,
no es lícito quitarles la vida ni hacer nada con ellos que
no sea en su propio beneficio. Se habla de "preembriones" para
sugerir que en los catorce días posteriores a la
fecundación no existiría más que una realidad
prehumana que no merecería el respeto debido a los seres
humanos. Pero esta ficción lingüística pretende
ocultar el hecho de la continuidad fundamental que se da en las
diversas fases del desarrollo del nuevo cuerpo humano. Donde hay un
cuerpo humano vivo, aunque sea incipiente, hay persona humana y,
por tanto, dignidad humana inviolable" (Nota Una reforma para
mejor, pero muy insuficiente, 4).
3.2. La reforma introducida por la Ley 45/2003 queda totalmente
desvirtuada sólo por el hecho de eliminar por la vía
de las excepciones generalizadas las disposiciones encaminadas a
evitar la acumulación de embriones en el futuro. Esto
implica un notable paso atrás en la protección del
embrión humano. Es previsible un aumento del número
de embriones congelados y la reproducción agravada de una
situación que ya había creado una cierta alarma
social. El derecho a la vida de los seres humanos, incluso en su
etapa de embriones, debe prevalecer sobre cualquier
consideración acerca de la eficacia de las técnicas
de reproducción. No se puede permitir la acumulación
de embriones humanos por motivos supuestamente clínicos para
luego dar luz verde a su utilización como material de
investigación. En estas condiciones, ningún
consentimiento informado, ninguna medida de control, ni siquiera la
hipotética no reanimación de los embriones
descongelados podría hacer éticamente tolerable la
utilización ulterior para la experimentación de los
embriones acumulados.
3.3. Descongelar los embriones "sobrantes" para reanimarlos y
luego quitarles la vida en la obtención de sus
células madre como material de experimentación es una
acción gravemente ilícita que no puede ser
justificada por ninguna finalidad supuestamente terapéutica.
El fin no justifica los medios. No es lícito matar a un ser
humano, incluso en su fase de embrión, aunque se haga con la
intención de curar a otro. La ciencia y la medicina que se
permiten eliminar seres humanos, aunque éstos no tengan
más que unos días de edad, se convierten en
actividades inmorales y antisociales. Ni las promesas de
curación -hoy por hoy, meras promesas muy lejanas de la
realidad, pues no existe ninguna terapia basada en células
madre embrionarias- ni tampoco los logros hipotéticos
futuros pueden hacernos olvidar el respeto a la dignidad inviolable
de todo ser humano. Todo ello, sin que entremos en la posible
ilegalidad de estas prácticas, juicio que no es de nuestra
competencia específica, pero que parecería deducirse
de lo establecido por la Ley 45/2003.
3.4. La llamada clonación terapéutica es una de
las amenazantes posibilidades que se siguen de la práctica
injusta de la producción de seres humanos en los
laboratorios. La legislación española actual cierra
el paso a tal amenaza. Son inquietantes algunas declaraciones a
este respecto de personas del mundo de la ciencia y de la
responsabilidad política. Se dice que no se trata de
producir niños clónicos, sino tan sólo
embriones para ser utilizados en la supuesta curación de
determinadas enfermedades. Sin embargo, es necesario advertir que
esos embriones, aunque no se les permita desarrollarse y llegar a
ser niños nacidos, son ya seres humanos que no pueden ser
sacrificados bajo ningún pretexto. Su carácter de
clónicos nada quitaría a su condición de
humanos. Una vez que se hubiera cometido la tremenda injusticia de
producirlos, nada justificaría la inmoralidad de eliminarlos
en aras de la experimentación. Palabras como
"nuclóvulos" o "transferencia nuclear" son utilizadas a
veces para enmascarar esta realidad, con el propósito
político de evitar la justificada alarma y aversión
que produce en la sociedad la clonación de humanos. Por lo
demás, si se abre el camino a la mal llamada
clonación terapéutica, se habrá dado sin duda
un paso decisivo y preocupante hacia la clonación
reproductiva. Si, en fin, no existe ninguna aplicación
terapéutica de las células madre embrionarias, menos
aún de las que procedan de embriones clónicos. Lo que
algunos desean, ante todo, es experimentar con seres humanos
clónicos. Ésa es la triste realidad.
Pedimos al Dios de la vida que ilumine a las personas que tienen
responsabilidad en estos delicados asuntos. Es necesario no dejarse
engañar por ilusiones ni cegar por determinados intereses.
Busquemos juntos el verdadero progreso, que no se consigue nunca a
costa del sagrado derecho a la vida y a las condiciones familiares
adecuadas de su gestación y de su acogida.
|