En los procesos de incapacitación cuenta
muy decisoriamente el informe pericial
psiquiátrico. Igual importancia tiene este
informe en aquellos otros procesos que no persiguen
una incapacitación de carácter
general para lo sucesivo, sino tan sólo la
anulación específica de un acto o
negocio concreto, o de varios de ellos, como un
contrato, un testamento, o la celebración de
un matrimonio.
Dice el Derecho que toda persona humana tiene
plena capacidad jurídica, es decir, que
siempre es plenamente titular de derechos y
obligaciones. Pero ocurre a veces, bien sea con
carácter temporal o accidental, que la
persona sufre un trastorno mental transitorio o
permanente. En estas situaciones, aun cuando la
persona tenga plena capacidad jurídica, lo
que ocurre es que no puede ejercitar por sí
misma sus derechos y cumplir sus obligaciones, al
no poder realizar actos humanos que requieran
conciencia y voluntad. Por este motivo, D.
José Juan Pintó, abogado y Presidente
de la Fundación la Caixa, explica las dos
medidas que se toman. "Hay medidas de
protección en las que se provee a que otro
ser consciente ejercite estas facultades en
representación e interés de la
persona incapacitada. Las otras medidas son las de
exención total o de graduación de la
responsabilidad".
Pero, como el defecto mental es advertido
demasiado tarde, aparecen en el mundo
jurídico actos que son válidos
sólo aparentemente, porque el sujeto actor
de ellos es un hombre carente de consciencia y
voluntad, por lo que, al no ser tales actos
consentidos, son radicalmente nulos. La
anulación de un acto requerirá la
prueba de la demencia, salvo que ya haya mediado el
proceso de incapacitación y terminado en
sentencia firme. Según el Sr. Pintó,
"para demostrar la incapacidad del enfermo es
importante el informe pericial, aunque se admiten
en la demostración toda clase de pruebas. El
juez, además de oír a los parientes
más próximos, es quien debe apreciar
y valorar la prueba propuesta y la que él
mismo decida practicar y graduar su resultado a su
juicio".
En ausencia de designación voluntaria
efectuada, para el nombramiento tutorial del
incapacitado, la ley establece un orden de
prelación teniendo en cuenta el parentesco,
para terminar en las relaciones de amistad. E1
órgano judicial debe determinar
cuáles son los actos que precisan de la
asistencia tutelar y cuáles no. Puede
distinguir también entre el cuidado de su
persona y el cuidado de sus bienes, y dentro de
éste último, graduar qué clase
de actos precisan o no de tal asistencia.
Para D. José Juan Pintó "es muy
importante que exista una formación
específica tanto de los abogados como de los
médicos para estos casos. Sobre todo en los
médicos, ya que es la luz de la ciencia
médica la que debe iluminar el proceso
judicial. La apreciación errónea de
un facultativo puede tener consecuencias
gravísimas en todos los órdenes".
El problema nuclear que resulta más
frecuente es el derivado de la dificultad de
detectar con exactitud la existencia y grado de la
enfermedad. El anciano con abundante patrimonio
liquidable corre varios peligros. Se puede
pretender incapacitarle indebidamente para hacerse
con la administración de sus bienes y,
así, impedirle que modifique el testamento,
imponerle sobriedad y ahorro, evitar que deje sus
bienes a la caridad, o impedirle que contraiga
matrimonio. También se puede no
incapacitarle estando demenciado para que, rodeado
de aduladores desaprensivos disipe su patrimonio.
El Sr. Pintó explica cómo suelen
ser los trámites que deben seguirse para
considerar incapacitada a una persona. "El incapaz
puede defenderse por medio de un abogado y estar
representado por un procurador, aunque, como
incapaz, debe defenderlo también el
Ministerio Fiscal. Pero si es éste el que ha
iniciado el procedimiento, el juez debe nombrar un
defensor judicial del demandado de
incapacitación. Antes de que se produzca, la
tardía actuación del incapaz puede
ser dañina para sí mismo y su
patrimonio. Por ello, el juez puede acordar medidas
cautelares que constituyan ejecuciones anticipadas
que cubran estas eventualidades. Estas medidas
pueden ir, desde el nombramiento de un
administrador, a la prohibición de
determinados actos".