Fernando Rey Martínez, Catedrático de
Derecho Constitucional de la Universidad de Valladolid, ha ofrecido
hoy, a iniciativa del Aula Derecho Parlamentario,
una conferencia bajo el título Representación
política e igualdad de género: balance y perspectivas.
La Presidenta del Parlamento, Elena Torres, ha sido la encargada
de introducir y contextualizar una ponencia dirigida a ahondar
en el análisis de la educación como mejor
instrumento para profundizar en el alto valor de la igualdad y,
por ende, en el reconocimiento íntegro de los derechos
que asisten a la mujer.
A continuación, Ángel Gómez Montoro, Rector
de la Universidad de Navarra, ha agradecido la cálida
acogida del Parlamento, ha destacado los más
de mil universitarios que, gracias a esta iniciativa, han
podido conocer in situ la actividad de la Cámara, y ha
resaltado el interés de Parlamentarios, letrados
y estudiantes por compartir estas sesiones, todas
sobre temás de indudable interés.
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Vista del Aula Polivalente del Parlamento
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Fernando Rey Martínez, por su parte, ha centrado su exposición
en analizar la compatibilidad constitucional de las
medidas de igualdad de género en cargos representativos,
una idea que se plantea en Europa en los años 80
y 90 y que, tras un inicial rechazo, cuaja hasta
convertirse en uno de los conceptos más enérgicos
y activos del siglo XXI.
Cuando, tras el veto en países como Francia, Italia,
Reino Unido, Suiza o Luxemburgo, parecía no haber espacio
para las medidas de trato preferencial, la idea de la igualdad
comenzó a desarrollarse, hasta tal punto que estados
como el italiano y el francés hubieron de modificar sus
constituciones, con el fin de introducir cuotas de representación
política y medidas de igualdad de género.
En lo concerniente a España, Fernando Rey ha precisado
que la cuestión se planteó a raíz de la Ley
de Igualdad de 2007, impugnada por el PP y resuelta
en 2008 por el Tribunal Constitucional. Éste avaló
el sistema de cuotas establecido en las listas electorales, por
entender que ese 60/40 es una fórmula bidireccional
de equilibro entre sexos y no lesiona derechos fundamentales.
Se trata de un fallo razonable, aunque la argumentación
podía haber sido más solvente, ha puntualizado
Rey.